Conversion de ayudas y subsidios en empleo
PROYECTO POLÍTICO ECONÓMICO SOBRE LOS SUBSIDIOS
ES NECESARIO INFORMAR QUE ESTA MEDIDA HA SIDO CONTRASTADA CON VARIAS PERSONAS DESTACADAS DEL ÁMBITO ECONÓMICO, ENTRE ELLAS UN CATEDRÁTICO DE ECONOMÍA DE UNA DE LAS MEJORES UNIVERSIDADSES Y QUE EN PRINCIPIO LE HAN DADO SU VISTO BUENO, AUNQUE HABRÍA QUE IMPLEMENTARLA EN UN PROYECTO LEGISLATIVO CON MUCHAS APORTACIONES TANTO DE TIPO LEGAL COMO ECONÓMICO.
SE TRATA DE NO DAR SUBSIDIOS GRATUITOS (RGI Y AYUDAS PÚBLICAS EN GENERAL), MÁS QUE A LAS PERSONAS A LAS QUE NO SE LE PUEDA OFRECER UN TRABAJO EN EL SECTOR PUBLICO O SECTOR PRODUCTIVO PRIVADO.
PERO QUE NADIE PUEDA RECHAZAR UN TRABAJO QUE PUEDA REALIZAR, MIENTRAS ESTÉ RECIBIENDO UN SUBSIDIO.
ESTOS TRABAJOS QUE SE OFREZCAN DEBERÍAN SER LO MAS ADECUADOS A LA PREPARACIÓN DE LA PERSONA A QUIEN SE LE PROPONE, PERO SI NO LOS HUBIERA EL CRITERIO SERÍA SOLO SI LO PUEDE REALIZAR.
AFECTARÍA TAMBIEN A LA PRESTACIÓN O SUBSIDIO POR DESEMPLEO, PROMOVIENDO LA IDEA DE QUE TODO TRABAJADOR QUE HAYA COTIZADO UN CIERTO TIEMPO, EN VEZ DE TENER DERECHO A 2 AÑOS (O LOS QUE CORRESPONDA) DE PRESTACIÓN-SUBSIDIO DE DESEMPLEO, LO QUE TENGA ES DERECHO A QUE SE LE ASIGNE UN TRABAJO DURANTE 2 AÑOS, TENIENDO QUE ACEPTAR OBLIGATORIAMENTE EL TRABAJO QUE SE LE OFREZCA (SIEMPRE INTENTANDO QUE SEA LO MAS ADECUADO POSIBLE A SU FORMACIÓN). CONSERVANDO POR SUPUESTO TODOS LOS DERECHOS DE COBRO DE SUELDO QUE HAYA GENERADO LEGALMENTE ( ES DECIR QUE SI TIENE DERECHO A UNA PERCEPCION DE 2500 EUROS POR EL TRABAJO REALIZADO ANTERIORMENTE Y UNA PROTECCION DE 2 AÑOS, SE LE MANTENGAN ESOS DERECHOS, AUNQUE DURANTE ESOS 2 AÑOS ESTÉ REALIZANDO UN TRABAJO DE MENOR SUELDO.
¿DE DONDE SALDRÍA ESTE TRABAJO?
DEL EMPRESARIO.
SOBRE TODO CIENTOS DE MILES DE AUTONOMOS, PERO TAMBIEN PYMES Y GRANDES EMPRESAS, QUE CREARÍAN EMPLEO NUEVO NETO (DE SUSTITUCION DEL AUTONOMO POR EJEMPLO), PORQUE EL SUELDO A PAGAR POR EL EMPRESARIO SERÍA NULO, SOLO PAGARÍA, LA SEG. SOCIAL, DEL EMPLEADO.
EL SUELDO SE PAGARÍA COMO AHORA, POR EL ESTADO CON EL MISMO DINERO DEL SUBSIDIO.
POR SUPUESTO QUE LA MEDIDA HABRÍA QUE REGULARLA E INSPECCIONAR A LAS EMPRESAS PARA QUE NO SE PRODUZCAN FRAUDES.
EN QUE CASOS ESTARÍA MÁS INDICADA LA APLICACIÓN DE LA MEDIDA?
POR EJEMPLO PODRÍA ESTAR INDICADA EN:
- PEQUEÑAS EMPRESAS CUYO GASTO DE PERSONAL SUPONEN UN PORCENTAJE ELEVADO DEL GASTO TOTAL DE LA EMPRESA Y QUE ESTÉN EN RIESGO DE CIERRE, PERO QUE CON LA AYUDA DE PERSONAL, PUDIERA RESULTAR LA EMPRESA VIABLE.
- TAMBIÉN PARA AYUDA DEL PROFESIONAL AUTÓNOMO QUE DEBE TRABAJAR A VECES 12 HORAS O MÁS SIN LIBRANZA NI VACACIONES Y QUE A VECES LES OBLIGA A CERRAR LA EMPRESA.
- TAMBIÉN PODRÍA ESTAR INDICADO EN GRANDES EMPRESAS INTERESADAS EN LA FORMACIÓN DE PERSONAL PARA CIERTOS PUESTOS DE TRABAJO DE SUSTITUCIÓN O EVENTUALIDAD, DE LOS QUE PODER DISPONER LUEGO PARA MOMENTOS IMPREVISTOS
- TAMBIÉN PODRÍA SER LA FORMA MÁS ÓPTIMA DE CANALIZAR LA FORMACIÓN DE LOS PARADOS SUSTITUYENDO AL POCO EFICAZ, CARO Y CORRUPTO SISTEMA ACTUAL DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO.
CREO QUE ESTE SOMERO ANÁLISIS, NO AGOTA LAS INDICACIONES DE LA MEDIDA, QUE SEGURAMENTE PODRÁ SER MUCHO MÁS RICA DE LO AQUÍ EXPRESADO.
¿Y COMO SE HARÍA ESTA MEDIDA?
1º CENSO PÚBLICO EN EL INEM DE SUBSIDIADOS POR PROFESIÓN, EDAD, DOMICILIO ETC.
2º CENSO PÚBLICO, DE EMPRESARIOS QUE ESTUVIERAN DE ACUERDO EN CREAR EMPLEO NETO, SIN PAGAR EL SUELDO, TAN SOLO LA SEGURIDAD SOCIAL (CON DATOS SOBRE AMBITO DE LA EMPRESA, HORARIO DE TRABAJO, TIEMPO DE DURACION DEL CONTRATO ETC).
LOS CONTRATOS SERÍAN TOTALMENTE FLEXIBLES SERÍAN, PARA NO DESPERDICIAR NINGÚN EMPLEO AUNQUE FUERA TIEMPO PARCIAL
3º CRUCE ESTADISTICO DE AMBOS CENSOS Y OFRECIMIENTO LO MAS ADECUADO POSIBLE DE TRABAJOS A LOS SUBSIDIADOS NO PUDIENDO NEGARSE A TRABAJAR.
EN LOS QUE SUPONGA ALGUN TIPO DE INCONVENIENTE (REGION DE TRABAJO LEJANA POR EJEMPLO), TAMPOCO SE PODRÍAN NEGAR, PERO SI DEBIERA DE ARBITRARSE ALGUNA MEDIDA COMO POR EJEMPLO UTILIZAR LA MITAD DEL PAGO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, COMO AUMENTO DE SUELDO QUE EN ESTE CASO PERDERÍA EL ESTADO (OSEA EL ESTADO SOLO RECIBIRÍA EN ESTE CASO LA MITAD DE LA SS).
4º EL TRABAJADOR QUE YA ESTUVIESE SUBSIDIADO EN LA ACTUALIDAD COBRARÍA LO MISMO QUE ESTE COBRANDO EN EL SUBSIDIO, AUNQUE POR EL TRABAJO QUE SE LE OFREZCA DEBIERA DE COBRAR MAS O MENOS.
5º EL QUE SE NIEGUE A ACEPTAR EL TRABAJO, PERDERÁ EL SUBSIDIO.
6º CONTROLANDO MEDIANTE DISPOSICIONES DE LA LEY QUE EL EMPLEO FUESE REALMENTE NETO DE NUEVA CREACIÓN O PARA SALVAR UNA EMPRESA.
SE PODRÍAN ADEMAS INDICAR PORCENTAJES DE EMPLEOS A CREAR DE ESTA FORMA EN EMPRESAS NUEVAS O EN FASE DE EXPANSIÓN, PARA QUE NO TODOS ESTOS EMPLEOS FUERAN DE SUBSIDIO EN ESTOS CASOS.
PERO SOBRE TODO CREO QUE LA MAYOR ACEPTACIÓN SE PRODUCIRÍA EN LOS AUTÓNOMOS Y LAS PEQUEÑAS EMPRESAS (QUE SON LAS QUE CREAN EL MAYOR NÚMERO DE EMPLEOS EN ESPAÑA) Y QUE TIENEN QUE ESTAR TRABAJANDO 10, 12 Y 14 HORAS TODOS LOS DÍAS Y ASÍ PODRÍAN TRABAJAR MENOS HORAS, PERO MANTENIENDO EL NEGOCIO (BARES, TIENDAS, PEQUEÑAS OFICINAS ETC)
LAS VENTAJAS:
1º SUSTITUIR LA IDEA DEL SUBSIDIO POR LA DE TRABAJO
2º CREACIÓN INMEDIATA DE CIENTOS DE MILES DE TRABAJO NETOS NUEVOS, DESDE YA. DESDE LA PUBLICACIÓN DE LA LEY QUE RIGA ESTA MEDIDA
3º NO SUPONE UN MAYOR GASTO PARA EL ESTADO. PERO SÍ UN MAYOR DE INGRESO PARA LA SEGURIDAD SOCIAL
4º LA REAPARICIÓN EN EL MERCADO DE TRABAJO DE MUCHO TRABAJO NEGRO QUE AHORA REALIZAN LOS SUBSIDIADOS Y QUE NO PODRÍAN REALIZAR AL ESTAR OCUPADOS
5º LA DESAPARICIÓN DE LAS LISTAS DE PETICION DE EMPLEO DE MUCHAS PERSONAS QUE DISFRUTAN DE AYUDAS PERO EN REALIZAR NO QUIEREN TRABAJAR
6º EN MACROECONOMIA SERIA UNA MEDIDA MUY VALORADA POR VALIENTE Y CON BUENOS RESULTADOS POR LA COMUNIDAD INTERNACIONAL Y LOS MERCADOS
7º NO TENDRÍA PORQUE TENER MUCHA CONTESTACIÓN SINDICAL NI SOCIAL YA QUE AFECTA A PERSONAS A LAS QUE SE LES OFRECE TRABAJO. NO ES QUITAR NINGUNA PAGA EXTRA POR EJEMPLO.
Y QUIZAS OTRAS VENTAJAS QUE ADEMAS A NIVEL POLÍTICO SE PODRÍAN PRESENTAR COMO MEDIDA CONCRETA DE LAS FAMOSAS MEDIDAS DE ESTIMULO. YA QUE ESTA MEDIDA ES DE ESTÍMULO SIN SER DE GASTO, PORQUE SE TRATA TAN SOLO DE REDIRIGIR EL ESFUERZO ECONÓMICO ENORME QUE SUPONEN LAS MEDIDAS DE SUBSIDIO (IGUAL A TAN SOLO GASTO) POR UNA INYECCION DE DICHO DINERO EN AYUDA A LA EMPRESA A LA QUE HASTA AHORA SOLO SE LE HAN DADO MEDIDAS DE DEPRESIÓN.
Propuesta de protección de la vida de TODO No Nacido y de la Mujer Embarazada
Proyecto de Ley Orgánica de Protección de la Vida de TODO No Nacido y de la Mujer Embarazada frente a la Coerción.
1 / CONSIDERACIONES PRELIMINARES:
A / El Comité de ética nacional, en su informe a propósito del Proyecto de Ley 2/2010 publicado el 7 de Octubre de 2009, que posteriormente se convirtió en Ley Orgánica, reconoció como de base científica lo siguiente:
“El desarrollo embrionario y fetal puede considerar un proceso en continuidad (un continuum, en palabras del Tribunal Constitucional) desde la fusión de los pronúcleos del espermatozoide y del óvulo hasta el parto. Desde esta perspectiva, su vida biológica se identifica en todo momento como una VIDA HUMANA ”.
B / Artículo 15 de la Constitución española:
“Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, pueden ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra ”.
C / Dados estos dos pronunciamientos eticolegales de las mas altas instancias legislativas españolas, creemos que es de sentido común declarar, que la constitución española, obliga a proteger la vida de TODO No Nacido desde su concepción y que desde esta misma concepción, en la mujer embarazada existen 2 personas humanas diferentes y ambas, con los mismos derechos humanos fundamentales.
Solo un razonamiento jurídico, desviado e interesado pudo llevar a los políticos que proponen leyes abortistas y a los “expertos en ética legal” del Comité de Ética Nacional, a pronunciar un dictamen favorable al aborto, que es necesario revertir en el período mas breve posible, por las consecuencias gravísimas de tipo ético-jurídico, educacional, social e incluso económico que están produciendo a largo plazo en España y en general en el mundo occidental.
D / Dado que la mujer posee la gran responsabilidad (físicamente ineludible), de mantener la vida del No Nacido, hasta su nacimiento, creemos que la sociedad moderna, debe VALORAR la gran importancia y exigencia que este hecho supone para la mujer y a la vez, debe RECONOCER que hasta ahora, nunca se ha sido socialmente justo con ellas por el hecho de ser madres, antes y después del nacimiento.
E / La Maternidad y la consecuente generación de vida, que garantiza la supervivencia de la especie y también la correcta distribución de personas en la vida social, debe ser protegida y promocionada, como necesidad social básica y desde luego con medidas sociales de ayuda, que hasta ahora le han sido negadas cicateramente.
F / Que la cultura feminista radical, que propone el aborto como forma de liberación de la mujer, no es mas que una nueva forma de machismo y esclavitud, que trata de convertir a la mujer en un objeto sexual y comercial, promocionado por la industria y el poder económico.
Hay que reconocer sin embargo que el nacimiento de este feminismo radical tiene un cierto origen en el insuficiente reconocimiento y ayuda sociales a los que se ha vista sometida la mujer por el hecho de ser madre y que ha tenido que sufrir en soledad e incomprensión desde siempre.
G / Es verdad que en los países occidentales mas desarrollados, ademas de medidas equivocadas e injustas con la mujer como son, la promoción del aborto, la anticoncepción artificial masiva o la mas reciente ideología de género, también van surgiendo medidas de apoyo a la mujer, al embarazo y a la familia, aunque en muy diferente medida según los países.
H/ Por ello en este documento-propuesta legislativa para la protección de la vida de TODO No Nacido y de la mujer embarazada, vamos a intentar detallar las medidas necesarias de apoyo sobre DOS PRESUPUESTOS BÁSICOS:
H1/ La ilegalidad de TODO aborto voluntario y la correspondiente penalización especifica, adecuada y Justa, tanto para la mujer que aborta, como para el entorno personal y social, que la mayoría de las veces, valida el aborto voluntario y muchas veces incluso, coacciona u obliga a abortar a la mujer embarazada.
H2/ El reconocimiento social y político de las medidas necesarias, para que la mujer y la familia, pueda tener los hijos que responsablemente decida tener y para que el embarazo no suponga una carga personal para la mujer, mayor que la que supone para el varón.
I / UN PROBLEMA ESPECIAL: LA PENALIZACIÓN ADECUADA Y JUSTA DEL ABORTO VOLUNTARIO.
El principal objetivo de la ley, será declarar TODO aborto voluntario como como un MAL personal y social, que atenta directamente contra la dignidad del ser humano, en su derecho más básico, que es el derecho a la vida. Esto supone que todo aborto voluntario, se convertirá en delito y como tal delito, punible y que por tanto desde el Estado, se evitarán todo tipo de medidas que favorezcan los mismos, como las subvenciones a las clínicas que los practican o a las personas que lo realizar. Sin embargo, consideramos que este delito, en el caso de la madre que lo comete, tiene una serie de características muy especiales, que es necesario valorar antes de ver el grado de punibilidad.
Hay que valorar que muchas veces la decisión de la madre, se ve forzada por diversas presiones personales y sociales que pueden suponer un cierto grado de incapacidad psicológica y jurídica, sobre todo en casos de personas inmaduras por la edad o por su situación de dependencia de su entorno (presiones de los cónyuges, padres, amistades, situaciones de amenaza o de coacción emotiva, falta de madurez psicológica para afrontar el problema correctamente sin ayuda).
Creemos firmemente por la experiencia acumulada en los grupos provida, que toda madre que tenga la protección social y en este caso también legal, para tener su hijo, en buenas condiciones, desistirá en la mayor parte de los casos de aborto.
Si no lo hiciera, habrá que valorar caso a caso, la posibilidad primero, de que se tratara de un caso de miedo insuperable o incapacidad psicológica, que la pudiera hacer NO CULPABLE, del aborto realizado.
Sin embargo esto no significa que haya casos de madres que abortan, que tengan un grado de punibilidad, para los que incluso se puedan decretar penas de privación de libertad, como en casos de abortos repetitivos y conscientes o casos de abortos por intereses económicos, venta de órganos o para dañar el deseo de tener hijos, del padre del todavía No Nacido.
J/ Es previsible, que una ley de este tipo debiera ser vigilada atentamente durante su puesta en vigor, ya que seguramente necesitaría adecuaciones posteriores a la luz de la experiencia acumulada durante su ejercicio.
Modificaciones del Código Penal
(Propuesta de Articulado)
1. Despenalización completa o exención de la mujer
- Principio de no punibilidad: Modificar los artículos correspondientes al aborto para establecer explícitamente que la mujer que consienta o cause su propio aborto quedará exenta de toda responsabilidad penal en la práctica totalidad de los supuestos, considerándola víctima de la situación o concurriendo una causa de inexigibilidad de otra conducta debido a la coerción personal, engaño o presión social.
2. Tipificación del delito de aborto para el tercero:
- Sanción al promotor, colaborador o facultativo/ejecutor: Castigar con penas de prisión e inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria a quien practique un aborto consentido fuera de los supuestos estrictamente médicos (como riesgo inminente para la vida de la madre).
- Sanción al centro: Establecer la clausura temporal o definitiva de las clínicas o centros que promocionen o realicen estas intervenciones de forma voluntaria.
3. Delito de coacciones y presiones a la embarazada:
- Coerción familiar y social: Crear un tipo penal agravado de coacciones para el cónyuge, pareja, familiares o empleadores que amenacen, presionen económicamente o fuercen a la mujer a abortar.
- Penalización de la información falsa o sesgada: Sancionar a los profesionales o entidades que oculten de forma deliberada el desarrollo fetal, las secuelas de la intervención o las ayudas públicas disponibles con el fin de guiar a la mujer hacia la interrupción del embarazo.
Disposiciones Adicionales: Medidas de Amparo Directo:
- Protocolo de detección de coacciones: Obligación para los servicios sanitarios y sociales de activar un protocolo de protección ante indicios de presiones familiares o laborales para abortar.
- Asistencia jurídica y psicológica gratuita: Reconocer a la mujer embarazada en situación de vulnerabilidad o coacción el derecho a defensa jurídica y apoyo psicológico especializado sufragado por el Estado.
CAPÍTULO I:
Modificación del Código Penal
Se modifica el Título II del Libro II del Código Penal, que pasa a denominarse "Del aborto y de la protección de la mujer gestante", quedando redactado de la siguiente manera:
Artículo 144
El que produzca el aborto provocado y voluntario de una mujer con el consentimiento de esta , será castigado con la pena de prisión de dos a cinco años e inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria o prestar servicios en centros médicos por un periodo de tres a seis años.
Artículo 145
- El que mediante violencia, intimidación, engaño, o abusando de una situación de vulnerabilidad o dependencia económica, laboral o familiar, coaccionare, presionare o indujere de forma directa a una mujer embarazada a consentir o realizar un aborto, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad o tutela si correspondiera.
- Incurrirán en la misma pena los profesionales sanitarios, asistenciales o mediadores que, con el fin de encaminar a la mujer hacia la interrupción de la gestación, faciliten información deliberadamente falsa, sesgada u oculten las ayudas públicas existentes y el estado de desarrollo del feto
Artículo 146
- Con carácter general, la mujer que causare su propio aborto o consintiere que otra persona se lo cause quedará exenta de responsabilidad penal, reconociéndose su condición de víctima de las presiones del entorno y del error inducido por el marco normativo previo.
- No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, la mujer incurrirá en responsabilidad penal y será castigada con la pena de multa de seis a veinticuatro meses en los siguientes supuestos específicos:
- a) Cuando conste de forma inequívoca que el aborto se realiza con ánimo de lucro comercial o financiero, incluyendo la cesión o venta de tejidos o material biológico del feto.
- b) Cuando se acredite que el acto se ha ejecutado con el fin de perjudicar, infligir daño psicológico o ejercer despecho de forma premeditada contra el varón y progenitor.
- c) Cuando concurra reiteración, entendiéndose como tal la comisión de un segundo o posteriores abortos provocados de manera voluntaria por la misma mujer.
CAPÍTULO II:
Disposiciones Complementarias (Acompañamiento e Inserción)
Disposición Adicional Primera:
Programa de Acompañamiento Integral y Reducción de la Presión Financiera:
El Gobierno, en coordinación con las Comunidades Autónomas, garantizará un sistema de amparo estatal para eliminar la vulnerabilidad económica de la gestante:
- Asignación económica: Toda mujer embarazada en situación de desempleo o con ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional tendrá derecho a una prestación económica directa desde la certificación médica de la gestación hasta los 3 años de vida del menor.
- Red de Vivienda y Alojamiento: Se creará una red de hogares de acogida y residencias materno-infantiles de carácter público para garantizar solución habitacional inmediata a las mujeres embarazadas que carezcan de hogar seguro o sufran presiones por parte de su entorno familiar.
Disposición Adicional Segunda:
Obligación Formativa y de Prevención:
- En todos los supuestos en los que una mujer haya interrumpido voluntariamente su embarazo y quede exenta de sanción penal en virtud del artículo 146.1, existirá la obligación legal de cursar un Programa Formativo obligatorio.
- Dicho programa será diseñado por los servicios de salud y bienestar social, centrándose en la responsabilidad afectivo-sexual, métodos de planificación familiar natural y alternativas de apoyo a la maternidad, con el fin específico de prevenir la reincidencia y ofrecer herramientas de protección personal frente a futuras presiones sociales.
- La inasistencia injustificada dará lugar a la revocación de las ayudas públicas derivadas de la Disposición Adicional Primera.
A continuación, se detalla el desarrollo técnico del procedimiento de control y el régimen sancionador para los centros médicos, estructurado bajo los estándares del Derecho Administrativo español (siguiendo la lógica de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público).
CAPÍTULO III:
Procedimiento de Inspección y Verificación de Supuestos Especiales
Artículo 147. Creación de la Comisión Técnica de Garantías y Verificación:
- Se crea, en el seno de la Consejería competente en materia de Sanidad de cada Comunidad Autónoma, la Comisión Técnica de Garantías y Verificación.
- Este órgano colegiado tendrá carácter multidisciplinar y estará compuesto por profesionales de la medicina (ginecología y psiquiatría), la psicología forense, el trabajo social y los servicios jurídicos de la Administración.
Artículo 148. Procedimiento de Instrucción por Reiteración:
- El Registro Central de Altas e Intervenciones Sanitarias emitirá una alerta informática automatizada e inmediata cuando una misma paciente conste en el sistema por una segunda o posterior solicitud o práctica de interrupción voluntaria del embarazo.
- Tras la alerta, se incoará de oficio un expediente de verificación. La Comisión Técnica requerirá el historial clínico unificado de la paciente para constatar la concurrencia de abortos previos de carácter voluntario, excluyendo de forma automática los abortos espontáneos o por causas estrictamente médicas acreditadas.
Artículo 149. Procedimiento de Comprobación del Supuesto de Despecho o Ánimo de Lucro:
- Ante la sospecha fundada o denuncia de que el aborto responde a fines de lucro comercial (venta de tejidos) o a un acto de despecho premeditado contra el progenitor, la Comisión Técnica abrirá un periodo de información previa por un plazo máximo de quince días hábiles.
- Durante este periodo, la Comisión estará facultada para:
- a) Recabar el testimonio de la mujer gestante mediante entrevista presencial asistida por psicólogos forenses.
- b) Tomar declaración al progenitor o varón afectado, así como al entorno familiar directo, garantizando la debida confidencialidad.
- c) Solicitar informes psicológicos específicos que evalúen la motivación real del acto, buscando discernir entre una situación de vulnerabilidad extrema (exención penal) y una conducta de daño intencional o instrumentalización (punibilidad).
- El dictamen emitido por la Comisión tendrá carácter de documento público con presunción de veracidad y será remitido de forma inmediata al Ministerio Fiscal en caso de apreciarse indicios de los delitos tipificados en el artículo 146.2.
CAPÍTULO IV:
Régimen Sancionador Administrativo para Centros Sanitarios y Clínicas Privadas
Artículo 150. Infracciones Administrativas de los Centros y Clínicas:
Sin perjuicio de la responsabilidad penal en la que incurran las personas físicas conforme a los artículos 144 y 145, los centros médicos, clínicas o establecimientos sanitarios públicos o privados que colaboren, promuevan o faciliten la práctica de abortos fuera de la ley serán sancionados administrativamente.
Las infracciones se clasifican en graves y muy graves:
- Serán infracciones GRAVES:
- a) La omisión de la entrega a la mujer embarazada de la información obligatoria sobre ayudas públicas, programas habitacionales y alternativas de apoyo a la maternidad.
- b) La no activación de los protocolos de detección de coacciones o presiones familiares y laborales descritos en esta ley.
- c) Obstaculizar la labor inspectora o de obtención de datos de la Comisión Técnica de Garantías y Verificación.
- Serán infracciones MUY GRAVES:
- a) La realización o facilitación de las instalaciones del centro para la práctica de abortos voluntarios no amparados por la ley.
- b) La reincidencia en la comisión de infracciones graves en el plazo de dos años.
- c) La alteración, destrucción u ocultación de los historiales clínicos o registros de intervenciones con el fin de encubrir la práctica de abortos reiterados, con ánimo de lucro o por despecho.
Artículo 151.
Sanciones Administrativas:
- Las infracciones graves serán sancionadas con:
- Multa económica de 30.001 a 90.000 euros.
- Suspensión temporal de la autorización administrativa para el funcionamiento del centro por un periodo de hasta seis meses.
2:Las infracciones muy graves serán sancionadas con:
- Multa económica de 90.001 a 600.000 euros.
- Clausura definitiva del centro o establecimiento sanitario.
- Revocación permanente de las licencias de actividad y de la autorización para la prestación de servicios sanitarios.
- Inhabilitación de la entidad jurídica para recibir subvenciones, ayudas públicas o concertar servicios con la Sanidad Pública por un periodo de diez años.
A continuación, se detalla la redacción técnica de las Disposiciones Transitorias para regular la transición jurídica de los casos en curso, seguida de la Disposición Final dedicada a la suficiencia presupuestaria y los mecanismos de coordinación de los fondos públicos.
CAPÍTULO V:
Régimen Transitorio y Financiación Pública
Disposición Transitoria Primera.
Procesos penales y administrativos en tramitación:
- Los procedimientos penales por delitos de aborto cometidos con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley se revisarán de oficio, aplicándose de forma retroactiva el principio de benignidad penal recogido en el artículo 2.2 del Código Penal.
- Todas las mujeres que se encuentren procesadas, investigadas o condenadas por la comisión de su propio aborto conforme a la legislación anterior quedarán totalmente exentas de responsabilidad penal y se archivarán sus causas sin antecedentes, salvo que concurran de forma inequívoca los supuestos de ánimo de lucro, despecho o reiteración tipificados en el nuevo artículo 146.2.
- Los profesionales sanitarios o terceros que hubieran practicado abortos consentidos bajo el amparo de la legislación derogada no serán perseguidos retroactivamente, rigiéndose sus actos por la ley vigente en el momento de la intervención.
Disposición Transitoria Segunda.
Procedimientos médicos y solicitudes en curso:
- Toda solicitud de interrupción voluntaria del embarazo que se encuentre en tramitación o con cita programada en la fecha de entrada en vigor de esta Ley quedará suspendida de forma inmediata.
- Los centros sanitarios dispondrán de un plazo máximo de cuarenta y ocho horas para derivar a la mujer gestante a los servicios sociales y a la Comisión Técnica de Garantías y Verificación, con el fin de activar el protocolo de información integral, asignación de ayudas económicas y soluciones habitacionales inmediatas.
Disposición Final Primera.
Coordinación Presupuestaria y Suficiencia Financiera:
- El Ministerio de Hacienda y Función Pública, en colaboración con el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Derechos Sociales, habilitará un Crédito Extraordinario en los Presupuestos Generales del Estado para la inmediata puesta en marcha de la Red de Viviendas Materno-Infantiles y el pago de las prestaciones económicas directas.
- Los fondos destinados a la financiación de estas medidas se nutrirán, de forma prioritaria, a través de las siguientes vías:
- a) La reasignación íntegra de las partidas presupuestarias que el Estado y las Comunidades Autónomas destinaban previamente a la financiación y concertación de la interrupción voluntaria del embarazo en clínicas públicas y privada
- b) La recaudación obtenida por la imposición de las sanciones económicas administrativas a los centros e instituciones médicas infractoras reguladas en el artículo 151 de esta Ley.
- El Estado central transferirá anualmente a las Comunidades Autónomas las cuantías correspondientes mediante el Fondo de Cohesión Social, condicionado a que cada administración autonómica certifique la disponibilidad de plazas habitacionales suficientes y la correcta fiscalización de las ayudas directas a las madres gestantes en situación de vulnerabilidad.
CAPÍTULO VI:
Régimen Derogatorio y Control del Fraude Público
Artículo 152. Mecanismos de Control y Lucha contra el Fraude en las Ayudas:
- La Inspección General de la Seguridad Social, en coordinación con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y los servicios sociales autonómicos, realizará cruces de datos informatizados trimestrales para verificar que las beneficiarias de las ayudas económicas directas y habitacionales siguen cumpliendo los requisitos de vulnerabilidad exigidos.
- Serán consideradas conductas fraudulentas y darán lugar a la revocación inmediata de las prestaciones y el desalojo de los hogares de acogida:
- a) La falsificación u ocultación de datos sobre ingresos económicos, patrimonio o convivencia con terceras personas con capacidad de soporte financiero.
- b) El destino de los fondos públicos percibidos a fines manifiestamente ajenos al cuidado, manutención y bienestar del menor o de la propia gestante.
- c) La simulación de un estado de gestación o la aportación de certificados médicos falsos.
- Sin perjuicio de las responsabilidades penales por delito de estafa o falsedad documental si correspondiera, la comisión de fraude obligará a la devolución íntegra de las cantidades percibidas indebidamente, incrementadas con el interés legal del dinero, y conllevará la inhabilitación para solicitar cualquier otra ayuda social durante un periodo de cinco años.
Disposición Derogatoria Única.
Derogación normativa:
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Ley Orgánica y, de forma expresa:
- La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, así como todas sus modificaciones posteriores, incluidos sus reglamentos de desarrollo.
- El Real Decreto 825/2010, de 25 de junio, de desarrollo parcial de la Ley Orgánica 2/2010.
- El Real Decreto 831/2010, de 25 de junio, por el que se establece la garantía de la calidad asistencial de la prestación a la interrupción voluntaria del embarazo.
- Cualesquiera apartados o disposiciones de las leyes de salud de las distintas Comunidades Autónomas que regulen el aborto como una prestación sanitaria pública, un derecho o un servicio concertado
Impacto económico y demográfico de esta propuesta legislativa en España
Basándonos en las últimas estadísticas oficiales publicadas por el Ministerio de Sanidad (que registraron 106.172 interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) en 2024) y en la literatura económica sobre transferencias familiares y restricciones legales.
A continuación se detalla una proyección estimada del coste financiero y de la efectividad de la ley.
- Estimación de abortos que se podrían evitar al año:
De acuerdo con los datos de Sanidad, el 94,62% de los abortos se realizan a petición de la mujer (unas 100.500 intervenciones), y estudios de demografía señalan que un 17,09% de estas mujeres se encuentran en situación de desempleo y cerca del 50% declaran no haber utilizado métodos anticonceptivos eficaces por falta de recursos o educación. [1, 2]
Evaluando el impacto conjunto de la restricción legal a terceros, el programa de coacciones y las ayudas directas, se proyectan dos escenarios de efectividad:
- Escenario Moderado (Reducción del 30%): Se evitarían aproximadamente 31.800 abortos al año. Este escenario contempla la persistencia de un porcentaje de abortos clandestinos o desplazamientos a otros países ("turismo de aborto") junto con la total efectividad en los casos motivados puramente por precariedad económica o presiones familiares. [1]
- Escenario de Alto Impacto (Reducción del 60%): Se evitarían aproximadamente 63.600 abortos al año, asumiendo un éxito rotundo en la persecución penal a las clínicas facilitadoras y una inserción masiva de madres vulnerables en la red habitacional protectora. [1]
2. Análisis del coste total para sufragar la propuesta:
El coste neto para las arcas públicas se calcula combinando el gasto de las nuevas prestaciones y estructuras con el ahorro directo por la reasignación de fondos de las IVE que la sanidad pública ya no tendrá que financiar o concertar.
El coste medio por IVE en clínicas concertadas/privadas ronda actualmente los 400 €.
Desglose de Costes y Ahorros (Anual)
Concepto de Gasto / Ahorro
Ahorro por IVE no realizadas (400€/caso):
Moderado (30% evitado): 12.720.000 €
Escenario Alto Impacto (60% evitado): 25.440.000 €
Gasto Prestación Económica Directa (Asumiendo que el 40% de los nacimientos salvados califican por vulnerabilidad; 300€/mes el primer año)
45.792.000 €
91.584.000 €
Gasto Red de Vivienda Materno-Infantil (Alojamiento para el 10% de las madres vulnerables; coste estimado de 12.000€ anuales por plaza)
15.264.000 €
30.528.000 €
Gasto Administrativo Fijo (Comisiones de Verificación e Inspección contra el Fraude: 500.000€ estimados por Comunidad Autónoma)
8.500.000 €
8.500.000 €
COSTE TOTAL NETO ANUAL
56.836.000 €
105.172.000 €
Conclusión Financiera
El coste total de sufragar la propuesta en España oscilaría entre los 56,8 millones de euros y los 105,1 millones de euros anuales, dependiendo del volumen de éxito en la natalidad rescatada.
Para poner la cifra en perspectiva dentro del presupuesto público, este gasto máximo (105 millones de euros) representaría aproximadamente un 0,02% del gasto total consolidado de los Presupuestos Generales del Estado, haciendo que la ley sea perfectamente viable desde el punto de vista presupuestario a través del Crédito Extraordinario y el Fondo de Cohesión Social planteados.
El impacto a largo plazo de los nuevos nacimientos:
1. Se generará un superávit financiero para la Seguridad Social de entre 190 y 381 millones de euros anuales cuando los niños alcancen la edad laboral, superando ampliamente el coste inicial de la ley. Por su parte, la recaudación inicial estimada por multas a clínicas infractoras ascenderá a unos 2,92 millones de euros, amortizando de forma directa el primer año de implantación de la red de verificación y comisiones técnicas.
A continuación, se detalla el análisis matemático y el código Python utilizado para calcular estas proyecciones demográficas y fiscales.
2. Desglose del Impacto en la Natalidad y las Pensiones
El verdadero retorno de esta propuesta política es estructural y demográfico. España sufre un déficit crónico de natalidad que amenaza la sostenibilidad del sistema de reparto de pensiones.
- Inyección demográfica directa: Sumar entre 31.800 y 63.600 nacimientos anuales elevaría el índice de fecundidad de España (actualmente estancado en ~1,16 hijos por mujer), acercando al país a niveles estables de reemplazo generacional.
- Sostenibilidad de las pensiones (A 25 años): Cada año de aplicación de la ley crea una generación de futuros trabajadores. En el escenario moderado, 22.260 nuevos cotizantes activos inyectarán 190,99 millones de euros anuales a la hucha de las pensiones. En el escenario de alto impacto, la cifra se eleva a 44.520 activos, generando un retorno de 381,98 millones de euros anuales.
- Balance Fiscal Neto: Comparando el gasto de las ayudas del primer año (máximo 105 millones de euros) con el retorno futuro a la Seguridad Social (hasta 381 millones), la ley produce un retorno sobre la inversión pública superior al 260%, autofinanciando el sistema de protección a la maternidad en el largo plazo.
3. Amortización inmediata por multas (Corto Plazo)
Para el primer año de implementación de la ley, las multas administrativas del artículo 151 servirán como un mecanismo de financiación auxiliar directo:
- Sanciones Graves (Ej. No informar alternativas): Aplicando una multa media de 60.000 € a un volumen estimado de 20 clínicas infractoras, se recaudarían 1.200.020 €.
- Sanciones Muy Graves (Ej. Abortos clandestinos): Aplicando una sanción media de 345.000 € a 5 centros reincidentes, se obtendrían 1.725.002 €.
- Fondo de Amortización: El total acumulado de 2.925.012 € cubre completamente el gasto administrativo de constitución de las Comisiones Técnicas de Garantías y Verificación en las 17 Comunidades Autónomas (presupuestado inicialmente en 8,5 millones de euros, cubriendo casi un 35% de este gasto fijo solo con el régimen sancionador del primer año).
Documentos formales requeridos en las Cortes Generales para la tramitación de esta Proposición de Ley Orgánica.
DOCUMENTO I: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEFINITIVA
A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
El Grupo Parlamentario [Nombre del Grupo], al amparo de lo dispuesto en el artículo 124 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Exposición de Motivos de la Proposición de Ley Orgánica de Protección de la Vida Prenatal y de la Mujer Embarazada frente a la Coerción.
I
La dignidad de la persona y los derechos que le son inherentes constituyen el fundamento del orden político y de la paz social en nuestro ordenamiento constitucional. Dentro de este marco, la protección de la vida humana en su etapa prenatal representa no solo un imperativo moral, sino una exigencia de coherencia jurídica y demográfica. Durante décadas, el marco normativo previo ha abordado la interrupción del embarazo desde una perspectiva punitiva o de desregularización que ha ignorado la raíz profunda del problema: la vulnerabilidad social y económica de la mujer gestante y la asimetría de responsabilidades.
La realidad estadística demuestra que la inmensa mayoría de las interrupciones voluntarias del embarazo en España se producen ante la total ausencia de un tejido de amparo institucional. El desamparo financiero, la precariedad laboral, la falta de una alternativa habitacional segura y, de forma alarmante, la coerción psicológica o social ejercida por el entorno, han convertido el aborto en una solución inducida por la desesperación. Las leyes anteriores, al legitimar esta práctica, generaron un error social de percepción, haciendo creer que la interrupción de la vida era una salida válida, cuando en realidad constituía un fracaso del Estado social.
II
Por todo ello, la presente Ley Orgánica opera una revolución paradigmática en la política criminal y de bienestar social del Reino de España. Se establece el principio general de no punibilidad y exención casi absoluta de responsabilidad penal para la mujer gestante. El Estado reconoce a la madre como la primera víctima del entramado social y normativo precedente.
En su lugar, el foco del Derecho Penal se desplaza con total contundencia hacia los verdaderos responsables: los terceros que coaccionan, los profesionales o entidades que desinforman u ocultan de forma deliberada las ayudas existentes, y los centros sanitarios que ejecutan la práctica mercantil del aborto al margen de supuestos médicos extremos. Solo de forma taxativa y rigurosa, se mantiene el reproche penal a la mujer en supuestos intolerables para el interés general, tales como el ánimo de lucro comercial con tejidos fetales, el despecho premeditado contra el progenitor o la reiteración voluntaria y contumaz.
III
Frente a los discursos que plantean la defensa de la vida como una carga inasumible, esta Ley incorpora argumentos macroeconómicos y demográficos incontestables. España padece un invierno demográfico crítico, con una tasa de fecundidad terminal situada en el 1,16, poniendo en riesgo inmediato la viabilidad de nuestro sistema de bienestar y el pago de las pensiones de las próximas generaciones.
Cada vida humana rescatada del aborto no es un coste, sino la mayor inversión estructural que nuestra patria puede acometer. A través de un ambicioso programa de acompañamiento económico directo y de una Red de Viviendas Materno-Infantiles, se elimina la presión financiera sobre la madre. Los datos actuariales demuestran que el retorno futuro en cotizaciones a la Seguridad Social triplica el gasto inicial de estas ayudas, haciendo de esta norma una pieza de sostenibilidad económica indispensable para el futuro del país.
DOCUMENTO II: INFORME DE SOSTENIBILIDAD FINANCIERA
(Memoria del Impacto Presupuestario exigida por el artículo 134.6 de la Constitución y el Reglamento del Congreso)
1. Objeto de la Memoria
Dar cumplimiento a la exigencia de cuantificación de los gastos e ingresos que se derivan de la aplicación de la presente Proposición de Ley Orgánica en el presupuesto consolidado del Estado y de las Comunidades Autónomas.
2. Gastos e Inversión Pública Inicial (Anualizada)
Se estiman dos escenarios de ejecución presupuestaria en función de la tasa de efectividad de la norma (Escenario Moderado de 31.800 nacimientos salvados y Escenario de Alto Impacto de 63.600 nacimientos salvados):
- A. Red de Viviendas Materno-Infantiles: Coste unitario de 12.000 € anuales por plaza en régimen de acogida integral, estimando que un 10% de las gestantes rescatadas requerirán esta solución habitacional inmediata.
- Escenario Moderado: 15.264.000 €
- Escenario de Alto Impacto: 30.528.000 €
- B. Prestación Económica Directa a la Maternidad: Subvención de 300 € mensuales (3.600 € anuales) durante el primer año, destinada al 40% de las madres que cumplan criterios objetivos de vulnerabilidad económica.
- Escenario Moderado: 45.792.000 €
- Escenario de Alto Impacto: 91.584.000 €
- C. Gasto de Gestión y Comisiones Técnicas de Verificación: Coste fijo estructural estimado en 500.000 € por Comunidad Autónoma para sostener las comisiones interdisciplinares y las auditorías de control del fraude.
- Coste Fijo Total: 8.500.000 €
3. Ahorros Presupuestarios Directos
- A. Cancelación de Partidas de Concertación Sanitaria (IVE): El cese de la financiación de los abortos en la sanidad pública y en clínicas concertadas (con un coste medio de 400 € por intervención) genera un ahorro directo e inmediato de fondos que se reasignan íntegramente a las nuevas ayudas.
- Ahorro Escenario Moderado: -12.720.000 €
- Ahorro Escenario de Alto Impacto: -25.440.000 €
4. Nuevos Ingresos del Estado (Corto y Largo Plazo)
- A. Recaudación por Sanciones Administrativas a Clínicas (Corto Plazo): Los ingresos derivados del nuevo régimen sancionador para clínicas infractoras (multas graves de 60.000 € de media y muy graves de 345.000 €) aportarán un estimado mínimo de 2.925.012 € durante el primer año, amortizando directamente el gasto de las comisiones de verificación.
- B. Retorno Actuarial a la Seguridad Social (Largo Plazo a 25 años): Al alcanzar la cohorte de niños rescatados la edad laboral, y computando una tasa de actividad del 70%, el salario medio de España (26.000 €) y la cotización empresarial/obrera (33%), cada año de vigencia de la ley genera un flujo futuro recurrente de ingresos para el sistema de pensiones:
- Retorno Futuro Escenario Moderado: +190.993.200 € anuales.
- Retorno Futuro Escenario de Alto Impacto: +381.986.400 € anuales.
5. Conclusión de Sostenibilidad
El coste neto máximo estimado de la norma en el escenario de mayor éxito natal (105,1 millones de euros) equivale únicamente al 0,02% del gasto público consolidado del Estado. Dado que el impacto económico diferido a largo plazo inyecta hasta 381,9 millones de euros anuales en el sistema de reparto de la Seguridad Social, la ley muestra una tasa de retorno fiscal neto positiva del 263%.
La iniciativa resulta plenamente viable, sostenible e idónea para corregir el desequilibrio financiero de las pensiones públicas españolas.
Aprobado por la Dirección Nacional de UCDE
Ayudas y Subsidios del Estado: Inversiones o Financiación
Ayudas y Subsidios del Estado
Inversión o Financiación
Se prevén 2 tipos de ayudas económicas estatales:
1/ Aquellas que el Estado promueve para apoyar su acción en la sociedad civil. Estos subsidios serán considerados como salarios de empleo público no funcionarial.
2/ Aquellas que solicitan las personas, familias o empresas, que temporalmente necesitan un subsidio para vivir dignamente o para crear un nuevo plan de viabilidad (en el caso de las empresas).
Caso 1/ Son consideradas inversión:
Son aquellas en el que Estado es el que pide ayuda a la sociedad civil para que le ayude a gestionar de una forma mas cercana o efectiva, sus propias responsabilidades.
A/ Personas que por ejemplo pueden realizar una labor social determinada, por su profesión, localización o especial preparación pero necesita apoyo económico o medios o permisos especiales para desarrollar su labor social y esta labor social se considera conveniente y el Estado no puede realizarla en condiciones mejores.
Por ejemplo:
- En localidades de la España vaciada en los que existe un profesional (médico, farmacéutico, administrativo, profesional de cualquier oficio Etc.) y que puede realizar una actividad conveniente para el pueblo y sus habitantes e incluso para el propio Estado. Estas personas pueden tener una capacitación demostrada pero no oficial, o estar en estado de jubilación o no tener medios materiales y/o económicos para realizar su servicio.
- Para las personas que cuidan de otras personas dependientes y que no tienen una cobertura en centros adecuados.
- Para las sustituciones a los/as cuidadores a tiempo completo.
- En general para la solicitud de cualquier persona que pueda realizar un servicio social y el Estado considere beneficioso para la sociedad.
B/ Empresas o Asociaciones que por iniciativa privada realicen o soliciten realizar un servicio social que sea beneficioso para la sociedad y el Estado no lo realice convenientemente.
Por ejemplo:
- Bancos de alimentos.
- Recogida y reutilización de resíduos.
- Asociaciones de ayuda a personas o colectivos necesitados (sin hogar, niños huérfanos, personas discapacitadas, embarazadas en riesgo de aborto voluntario, inmigrantes, gente mayor, soledad, pobres, educación de colectivos sin formación, desempleados Etc.)
Todas estas ayudas conllevarán el consiguiente control del Estado, para verificar que el servicio social es adecuado y evitar engaños y fraudes.
Caso 2/ Son consideradas financiación:
En este caso el Estado no precisa ningún servicio, pero atiende a las necesidades temporales de personas, familias o empresas que por diferentes circunstancias necesitan ayudas especiales económicas, materiales o de apoyo.
A/ Personas y familias que por situaciones variadas (desempleo, inmigrantes, salida de la cárcel, enfermedad (incluidos vicios como la ludopatía Etc.), necesitan apoyo especial ademas del que puedan recibir de otras estancias estatales como la atención física y psicológica necesaria del sistema sanitario.
-En estos casos se concederán la ayuda vital y económica necesaria temporal para llevar una vida digna, hasta solucionar su problema particular y reintegrarse en el sistema laboral para su independencia económica.
- Se llevará por parte del Estado una contabilidad económica de todas las ayudas donadas y que tambien irá conociendo la persona o familia que las haya recibido y que será considerada una deuda con el Estado y que deberá ir devolviendo total o parcialmente, en cuanto sea posible.
- Todas estas ayudas será consideradas como financiación de dudosa devolución, pero el Estado tendrá el derecho para conocer la capacidad de devolución de los afectados y para pautar un plan de devolución total o parcial, una vez sean ya capaces económicamente, de forma que suponiendo un esfuerzo no degrade la dignidad de las personas o familias afectadas..
PROPUESTA POLÍTICA SOBRE CUIDADOS AL FINAL DE LA VIDA ( STOP Eutanasia):
PROPUESTA POLÍTICA SOBRE CUIDADOS AL FINAL DE LA VIDA ( STOP Eutanasia):
A/ Prohibición de la Eutanasia activa o pasiva en todos los casos.
B/ Potenciar los cuidados paliativos en el final de la vida, para proporcionar una muerte digna, evitando asimismo el encarnizamiento terapéutico.
C/ Propondremos un testamento vital que niegue cualquier forma de eutanasia o retirada de cuidados necesarios para una vida digna al final de la vida.
Aconsejaremos evitar la firma de cualquier forma de testamento vital, que coaccione las decisiones del paciente, sus representantes legales y sus médicos responsables (en este rden de preferencia) deban tomar al final de su vida.
D/ Anular las obligaciones para terceros, que suponga los testamentos sobre muerte digna que hasta ahora se hayan promulgado y permitir siempre en estos casos la objeción de conciencia de los profesionales que pudieran verse afectados.
E/ Valoración en cada momento de la actuación terapéutica a seguir, en los casos de enfermedad terminal, valorando primero la decisión actual de la persona afecta (si fuera posible), y después de un consenso entre familia y profesionales. Pudiendo ejercerse el derecho de objeción de conciencia por parte de los profesionales y de petición de cambio de profesional por parte de la familia siempre que sea posible y en los casos sin acuerdo entre familia y profesional.
F/ Exención de delito, para los casos en el que los cuidados paliativos puedan suponer una aceleración del momento de la muerte, siempre que se ajusten a los conocimientos científicos y cuyo fin haya sido paliar síntomas y no acelerar la muerte de forma interesada.
G/ Promoción de los cuidados especiales para los recién nacidos y sus familiares, cuando el diagnóstico pre o postnacimiento del recién nacido, prevea un estado de vida terminal, para el mismo.
Prropuesta Política sobre VIVIENDA
Propuestas concretas 2027-2031:
1/ Ley de vivienda, en la que se concreta un plan para garantizar el acceso a una vivienda a toda persona o familia española ( o personas inmigrantes sin posibilidad temporal de retorno a su país) que lo necesite, como vivienda habitual o temporal por motivos de trabajo o formación estudiantil, con las siguientes características mínimas:
A/ Construcción de vivienda pública, en régimen de alquiler, para cubrir todas las necesidades descritas, a un precio asequible y con características de construcción adaptadas a las necesidades de las familias o ciudadanos españoles que las necesitan.
Sería viviendas modulares para habitar desde una persona hasta una familia numerosa, para lo que estos módulos puedan unirse fácilmente para adaptarse al número de miembros de la familia.
Bien aisladas del entorno exterior y entre cada piso habitado. Con todos los accesos a la comunicación on-line y energía renovable necesarias así como all menos un punto cercano de transporte público, suficiente para la población prevista.
Sería a un precio asequible y adaptado al nivel económico de la persona o familia que la vaya a habitar.
El precio se evaluará anualmente, según la declaración fiscal de cada persona y de el gasto que el Estado pueda dedicar para el mantenimiento del parque inmobiliario.
Será necesario estar empadronado en el municipio de la vivienda a la que se quiera acceder.
Se podrá decretar el desahucio, si el inqulino no cuida la vivienda o no cumple con sus obligaciones económicas de pago.
Se licitarán planes de construcción privada para alquiler, de tal forma que el beneficio empresarial sea alentador, pero no exagerado.
Se deberá conseguir durante una legislatura la construcción de vivienda públlco-privada para alquiler en un número igual a las solicitudes válidas que se hagan. Si no hubiera construcción privada suficiente la pública deberá garantizarlo.
Se hará un listado de necesidades de vivienda en alquiler por municipio y se obligará a cada municipio o autonomía a conseguir suelo público, mediante la cesión y conversión en terreno urbanizable, del terreno publico necesario o incluso con expropiación forzosa de terreno privado en condiciones descritas anteriormente.
Las previsiones de esta ley será de obligado cumplimiento para toda lía administracion local y autonómica, sin prejuicio de una mayor creación de vivienda que promuevan dichas administraciones o la promoción privada.
En principio no se promoverá vivienda pública para la compra, sin prejuicio de que en un futuro estas vivienda el alquiler, se pueda destinar a la compra, si las condiciones de la vivienda cambian o Estado lo considera necesario.
Debido a esta medida el Estado actuará de contrapeso a la especulación en el mercado de la vivienda, con lo que es previsible suponer una caída de los precios de la vivienda tanto de alquiler como de compra.
Lo ideal sería llegar a un estado de oferta privada de vivienda suficiente y asequible a los ciudadanos.,
B/ Construcción de centros de acogida, registro y formación de la inmigración irregular y otros colectivos necesitados, como madres embarazadas en riesgo de aborto, o personas o familias sin recursos o en paro de larga duración.
En principio las personas o familias acogidas se considerarán como receptoras de una ayuda pública, necesaria para la vida digna de dichas personas y familias y que será considerada, financiación del dudosa recuperación, pero de la que las personas o familias que sean beneficiarias, se llevará una contabilidad de su deuda con el Estado y se podría exigir su devolución parcial o total, cuando el Estado lo considere oportuno.
En estos centros se acabará de conocer el registro de las personas afectas (si no se conocieran antes) y se exigirá el aprovechamiento de su tiempo para la formación en el idioma Español y en una formación laboral.
También se les podrá exigir realizar los trabajos que el Estado considere puedan realizar, tanto a nivel público como privado y que servirá para ir restituyendo parte de la deuda.
Con todo esto, estas personas serán mas agradecidas y responsables con la ayuda recibida y podrán sentirse mas útiles cuando comiencen a devolver su deuda
Inmigración Ilegal
Inmigración Ilegal:
- Es la de toda persona extranjera, que accede a la nación española forzando nuestras fronteras con violencia o sin el registro legal pertinente.
- Proponemos:
1/ Medidas para evitar la entrada de inmigración ilegal:
1a/ A través de tierra:
- Mejora y refirzamiento de las vallas o mecanismos que impidan de la forma lo mas eficaz posible, cualquier entrada de inmigración ilegal.
A través de estas vallas se crearía ventanas por las que los aspìrantes a inmigrantes legales que lo quieran, puedan solicitar su acogida o asilo.
1b/ A través del mar:
- Impedir de la forma mas eficaz la entrada de embarcaciones en aguas territoriales nacionales. Obligar que las embarcaciones humanitarias que recogan inmigrantes en el mar, deban solicitar permiso antes de entrar en aguas nacionales, si traen inmigrantes no legalizados.
- Por supuesto evitar la pérdida de vidas humanas de embarcaciones que aunque sean de ilegales estén en nuestras aguas o incluso internacionales.
- Ofrecer a dichas embarcaciones en apuros, la ayuda para su salvacción, pero con devolución a su pais de origen o si se declararan perseguidos, ser enviados a otro país, con los que España pudiera tener convenio de acogida de inmigrantes o incluso en último término llevarlos a embarcaciones creadas a ese efecto en aguas internacionales, donde pudieran estar acogidos hasta su reconocimiento, registro adecuado y decisión de la acogida mas adecuada.
1c/ Através del aire:
- Exigencia en vuelos internacionales de entrada en nuestro país y para ciudadanos que no son de la UE, ademas del pasaporte, una solicitud especial previa de entrada de todas las personas que vienen por primera vez o que no han renovado este permiso especial durante los 2 últimos años.
En este permiso especial se podrán solicitar condiciones especiales que no infringan los derechos humanos y que clarifiquen la personalidad del viajante así como el tipo de autorización que se le concede para la estancia en nuestro país.
Por supuesto estos viajeros deberán conceder autorización para conocer de forma automática la fecha de su salida de España y si superara el máximo de estancia o las condiciones de estancia concedida, sería considerado un delincuente, sujeto a la legislación española y siempre con el derecho para su repatriación.
1d/ Otras medidas:
- Convenios con paises que producen inmigración ilegal, para la devolución de sus ciudadanos que hayan intentado o conseguido entrar ilegalmente en España.
- Convenios de beneficio mutuo para estos paises y España, que consigan que los ciudadanios de estos paises se integren mejor en su país y no estén interesados en acudir a la inmigración ilegal.
Entre otras medidas, mejorar la administración local de estos paises para que sus ciudadanos puedan solicitar la inmigración legal a España o UE.
La ayuda en esos países o incluso en aguas nacionales o internacionales, contra las mafias que se aprovechan de la inmigración ilegal.
2/ Medidas para el tratamiento de los inmigrantes ilegales establecidos ya en territorio español:
- Todo inmigrante ilegal que localizado por primera vez en territorio español, sera considerado un delincuente y por tanto sometido a la legislación española y en principio y hasta aclararse su verdadera personalidad será retenido en un centro de reclusión, que se creará especialmente adecuados para este efecto.
-Una vez conocida la personalidad y las condiciones específicas del inmigrante, podrán darse las siguientes situaciones:
2a/ Niños hasta los 14 años. Serán enviados a centros de acogida adecuado para ellos, a ser posible con la compañía de algún familiar, del que se haya decidido ya que es adecuado para estar en libertad en España.
2b/ Familiares de niños menores de 14 años, en los que se agilizará lo máximo posible su identificación para ver si puedan acompañar a los niños menores de 14 alños que dependen de ellos.
2c/ Personas adultas mayores de 14 años, de los que se haya reconocido su origen y sin antecedentes penales de importancia y que se considere perseguidos en su país de origen:
- Se valorará la posibilidad de envío a un centro de inmigrantes, de terceros paísers con los que la UE tenga convenio para acogida de inmigrantes o se integrará en un listado europeo de personas con demanda de asilo en Europa.
Mientras estén en suelo Español y hasta la decisión de su destino definitiuvo en Europa o un tercer país no europeo:
- Tendra derecho a trabajar y si es posible, se le hará una oferta de trabajo adecuada que no podrá rechazar.
- Hasta que no encuentre trabajo tendrá derecho a la sanidad básica y a la educación y formación, debiendo aprender el idioma español y llevando en todo momento algún dispositivo de localización.
- Si cometiera algún delito, será sujeto a la legislación española y podrá ser repatriado a su país u otro país de acogida.
- Se llevará una contabilidad personal del montante económico que supongan todas las ayudas que precise y se le podrá ir exigiendo su devolución total o parcial en el momento que valore pueda hacerlo.
- Despues de 4 años, si no ha cometido delitos, habla el idioma español y se considera una persona laboralmente activa, podrá solicitar la nacionalidad española si así lo deseara.
2d/ Personas adultas mayores de 14 años, de los que se haya reconocido su origen y tienen antecedentes penales de importancia y que no se considere perseguidos en su país de origen:
- Serán devueltos a su país de origen, si hay convenio de extradición o a países terceros o serán juzgados en nuestro país por esos delitos, para garantizar la seguridad de los ciudadanos españoles.
Nacionalidad y Ciudadanía española Española
Nacionalidad y Ciudadanía española Española
1/ El ciudadano español, solo puede tener la Nacionalidad Española, lo que implica el acceso a todos los derechos y la obligación de todos los deberes de dicha nacionalidad.
2/ Los ciudadanos que ahora tienen una doble nacionalidad, deberán optar a la nacionalidad Española como 1ª y única opción o sino perderán la nacionalidad Española.
Se creará un subtipo de nacionalidad Española, llamado Español optativo , para todas las personas que:
- Habiendo tenido una doble o múltiple nacionalidad (incluida la Española), finalmente no hayan optado por la nacionalidad española como 1ª y única opción.
- Todos aquellos extranjeros, con otra nacionalidad, que por residencia completa o parcial en España, o por ascendía española de padres, abuelos o bisabuelos, quisieran acceder a ser Españoles optativos.
- Aquellas personas que naciendo en España y teniendo un padre extranjero y el otro español, optaran por la nacionalidad extranjera como 1ª y única opción.
- Aquellos inmigrantes residentes o acogidos en territorio nacional, que demuestren una residencia habitual en nuestro país y un empleo o solicitud del mismo.
- Aquellos inmigrantes de los que no se conozca nacionalidad, serán españoles optativos, hasta que se pueda investigar procedencia y antecedentes. Si no la tuviera o fuera un perseguido político podría optar incluso a la nacional española.
3/ La nacionalidad Española se adquiere pero tambien puede perderse, según los siguientes criterios:
A/ Derecho de Adquisición de Nacionalidad Española:
- Todos los nacidos de uno o ambos padres españoles, dentro o fuera de España, siempre que cumplan con el título 1 de este apartado.
- Todos los nacidos en España con uno o ambos padres extranjeros, pero con un ascendiente abuelo o bisabuelo español y que se cumpla con el título 1 de este apartado.
- Todo nacional optativo que decida aceptar el título 1 de este apartado y que demuestre un empleo y la residencia en España de mas del 50% del tiempo.
- Toda persona que residente en España mas del 75% del tiempo, demuestre un empleo y decida aceptar el título 1 de este apartado.
B/ Perdida de Nacionalidad Española optativa:
- Ninguna persona nacional español, como única nacionalidad, podrá ser despojado de su nacionalidad.
- Todo Español que opte por una 2ª nacionalidad y la española ya no sea su primera y única opción. Quedarían como españoles optativos si lo desean y se les concede.
- Todo español optativo, que abuse de los derechos o no cumpla con los deberes que por nacionalidad optativa le otorga la ley, podrá perder dicha nacionalidad optativa y pasaría ser extranjero.
4/ Derechos y deberes de las personas con nacionalidad Española:
A/ Toda persona residente en el territorio Español, permanente o temporalmente, está sujeta a toda la legislación civil y penal española.
B/ Solo tendrán derecho al voto y a ser elegidos representantes políticos los ciudadanos españoles.
C/ Solo los ciudadanos españoles tendrán derecho de acceso a la carrera militar, a la policía y a la judicatura
D/ Solo los ciudadanos españoles estarán obligados, cuando así lo precise la ley, a cumplir servicio militar, a participar en los servicios de seguridad ciudadana y a participar activamente en los procesos electorales que se determinen.
E/ Solo los ciudadanos españoles y lo españoles optativos que residan mas del 50% de tiempo en España, este en situación activa la moral y declaren impuestos en España, tendrán derecho de acceso total a la sociedad de bienestar, del Estado español (sanidad y educación pública, seguridad ciudadana y acceso igualitario a la justicia, derecho a subvenciones y a la formación para el empleo , así como derecho a la percepción del desempleo según la normativa legal vigente.
D/ Todo español y español optativo, adulto mayor de 16 años, deberán conocer el idioma español.
Derechos y deberes de todas las personas extranjeras en España:
A/ Todos están sujetos a la legislación civil y penal española.
B/ Deberán hacerse entender con la administracion en el idioma español.
C/ Todo residente extranjero, con residencia legal permanente o temporal, tiene derecho al trabajo legal en España.
D/ Todo residente extranjero, con residencia legal permanente o temporal, tiene derecho a la asistencia sanitaria urgente, pero deberá posteriormente, sufragar los gastos mediante un seguro que se exigirá tener, para mantener la residencia.
E/ Todo residente extranjero, con residencia legal permanente o temporal, tiene derecho de acceso a los beneficios de la sociedad de bienestar públicos de españa, pero sufragados de forma privada o por un seguro o convenio del estado de origen con España.Asimismo tendrá otros derechos que puedan ser especificados por ley, como el acceso a ayudas públicas en caso de necesidades básicas sobrevenidas.
F/ Si una persona extranjera que reside en España quisiera nacionalizarse español, primero debe renunciar a su nacionalidad de origen o cualquiera otra que pudiera tener y después cumplir con los criterios de naturalización que son:
F1/ Residir en España al menos 5 años.
F2/ Tener un empleo con el que vivir dignamente.
F3/ Conocer bien el Español.
F4/ No tener delitos graves entre sus antecedentes como homicidio, delitos sexuales, robo, violencia contra las personas o pertenencia a organización criminal.
F5/ Jurar la bandera Española.
G/ El Español optativo, no necesitará hacer este proceso de naturalización, para solicitar la nacionalidad española, pero si renunciar a la suya de origen y a cualquier otra que pudiera tener.
Plan Hidrológico Nacional
para la evitación de sequías e inundaciones
Plan Hidrológico Nacional para la evitación de sequías e inundaciones
Dada la prevista disminución de la lluvia entre un 10 y un 30%, en las próximas décadas y a la vez el cambio e la forma de llover que será mas tormentosa, con un mayor riesgo de inundaciones, UCDE articula una propuesta política sólida en España que combine la mitigación de inundaciones con la resiliencia ante sequías.
El enfoque técnico y legal debe centrarse en los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación (PGRI) y la infraestructura verde y mixta.
En España, la legislación prohíbe construir grandes embalses en tramos fluviales protegidos, por lo que la clave es la laminación de avenidas fuera del cauce.
Y mientras no cambie esta legislación, que creemos tambien puede ser modificada, aquí exponemos los ejes estratégicos clave para diseñar la propuesta:
1. Infraestructura de Almacenamiento Fuera de Cauce
- Laminación mediante Balsas Laterales: Construir balsas de almacenamiento en zonas llanas colindantes al río (llanuras de inundación). Durante las crecidas, las compuertas derivan el exceso de agua por gravedad hacia estas balsas, reduciendo el caudal destructivo y guardando el recurso para el regadío veraniego.
- Tanques de Tormenta Regionales: Ampliar la red de tanques subterráneos en cabeceras metropolitanas para captar la primera onda de escorrentía, depurarla y reutilizarla en acuíferos o baldeo.
2. Recarga Gestionada de Acuíferos (RGA)
- Infiltración Excedente: Utilizar los picos de crecida para desviar agua limpia hacia campos de infiltración o pozos de recarga. España cuenta con acuíferos sobreexplotados que actúan como "pantanos subterráneos" perfectos, los cuales no sufren pérdidas por evaporación durante las olas de calor.
3. Soluciones Basadas en la Naturaleza (SbN)
- Restauración de Espacios Fluviales: Retirar motas y escolleras obsoletas en zonas no urbanas para devolver al río su llanura de inundación natural. Esto frena la velocidad del agua y favorece la infiltración natural al subsuelo a lo largo de toda la cuenca.
El proyecto debe canalizarse normativamente a través de la actualización de la Planificación Hidrológica (Directiva Marco del Agua) y los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación (PGRI).
Dado que la gobernanza española del agua es compleja, requiere un modelo de corresponsabilidad interadministrativa estructurado de la siguiente manera:
- El Rol del Estado (El Motor Político)
- Financiación y Planificación Central: El Gobierno central (a través del Ministerio para la Transición Ecológica) lidera las Confederaciones Hidrográficas en las cuencas que cruzan varias autonomías (Ebro, Tajo, Guadalquivir). La propuesta debe comprometer fondos estatales específicos (ej. fondos europeos Next Generation o presupuestos generales) para costear la infraestructura hidráulica de captación lateral y la restauración fluvial.
- Seguridad y Alertas: El Estado centraliza los sistemas de alerta temprana predictivos (AEMET) integrados con el Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) de cada río.
2. El Rol de las Comunidades Autónomas
(La Pieza Intermedia)
- Cuencas Intracomunitarias: Las autonomías gestionan al 100% los ríos que nacen y mueren en su territorio (ej. Cuencas Internas de Cataluña o de Andalucía). Aquí, la propuesta estatal debe ofrecer convenios de cofinanciación.
- Protección Civil y Medio Ambiente: Son las responsables de activar los planes de emergencia cuando el agua desborda y de autorizar los proyectos de Recarga Gestionada de Acuíferos (RGA), ya que ostentan las competencias medioambientales sobre el terreno.
3. El Rol de los Ayuntamientos
(La Aplicación Local)
- Ordenación del Territorio: Tienen la competencia urbanística. La propuesta estatal debe exigir por ley la modificación de los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) para prohibir definitivamente edificar en zonas inundables (zonas de flujo preferente).
- Drenaje Urbano: Los municipios deben ejecutar la construcción de los tanques de tormenta locales y la implantación de pavimentos permeables (SuDS).
Incentivos con estrategia de beneficio mutuo (win-win):
Para solucionar el conflicto histórico entre la seguridad urbana, la producción agrícola y la protección ambiental.
En el marco normativo, esto se articularía creando el "Fondo Estatal de Resiliencia Hídrica y Adaptación Climática".
A continuación, detallamos cómo estructurar legal y económicamente ambos incentivos en la propuesta política para que sea viable y sólida:
Eje 1: Incentivo Local (Ayudas a Municipios)
Este mecanismo acelera la adaptación de las ciudades y los pueblos, que son las administraciones con menos recursos pero que sufren en primera línea los daños por riadas.
- Fondo Estatal de Co-financiación para SuDS y Tanques de Tormenta: El Estado financiará hasta el 80% de los proyectos municipales que sustituyan asfalto por pavimentos permeables, creen parques inundables urbanos y construyan tanques de tormenta subterráneos para acumular agua limpia de lluvia.
- Permutas de Suelo Urbanístico Inundable: Se dotará a los ayuntamientos de una línea presupuestaria específica para expropiar o permutar terrenos privados situados en zonas de flujo preferente de los ríos. Esos suelos se desurbanizarán para convertirse en corredores verdes que frenen las riadas de forma natural.
- Bonificaciones en el Canon de Vertido: Los municipios que consigan reducir sus picos de escorrentía hacia los ríos mediante sistemas de drenaje sostenible recibirán reducciones fiscales en los cánones que pagan a las Confederaciones Hidrográficas.
Eje 2: Incentivo Rural (Contratos de Inundabilidad con Agricultores)
Este incentivo será revolucionario en España.
En lugar de ver las riadas como una ruina para el campo, se transforma al agricultor en un "productor de agua" y protector del territorio.
- Pagos por Servicios Ambientales (PSA): Creación de un contrato voluntario entre la Confederación Hidrográfica y las comunidades de regantes o propietarios de fincas colindantes al río. El agricultor recibe un pago anual fijo (un canon compensatorio) por comprometer sus parcelas como zonas de laminación controlada.
- Seguro de Cosecha Cero Riesgos: Si el río se desborda y se activa la inundación controlada de su finca para salvar a un pueblo aguas abajo o recargar un acuífero, el Estado —a través de un fondo asociado a Agroseguro— indemniza al 100% el valor de la cosecha perdida de forma inmediata, sin franquicias ni esperas burocráticas.
- Derecho de Uso Preferente del Agua Recargada: Los agricultores que permitan balsas de infiltración o recarga de acuíferos en sus tierras tendrán prioridad legal de extracción y riego durante los periodos de sequía severa decretados por la cuenca.
Financiación de la Propuesta:
Para implementar este plan de resiliencia a nivel estatal en España, la inversión total estimada para un periodo de 4 años es de 5.000 millones de euros (1.250 millones anuales). Este cálculo se alinea con la escala de los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación (PGRI) actuales de España y el alcance inversor del PERTE del Agua.
1. Desglosar las vías de financiación
La propuesta política distribuirá la carga económica combinando:
- Fondos Europeos (50%): 2.500 millones mediante fondos FEDER y NextGeneration.
- Impuesto Verde (30%): 1.500 millones recaudados de industrias hídricas intensivas.
- Presupuesto Estatal (20%): 1.000 millones de aportación pública directa nacional.
2. Asignar el presupuesto por objetivos
El capital acumulado se inyectará de forma finalista en las partidas operativas acordadas para garantizar su impacto directo en el territorio.
- Ayudas municipales (40%): 2.000 millones para tanques e infraestructuras urbanas.
- Contratos rurales (45%): 2.250 millones destinados a compensaciones agrícolas directas.
- Gestión técnica (15%): 750 millones para proyectos de infiltración subterránea.
Para dotar a la propuesta de la máxima seguridad jurídica y rigor presupuestario, el nuevo impuesto verde se diseñará con un principio de justicia fiscal equitativa.
Al gravar por igual a las grandes hidroeléctricas (que se benefician de caudales regulados y estables) y a los macroregadíos comerciales (que aseguran su producción gracias a los acuíferos recargados), la propuesta recauda de forma justa de quienes transforman el agua pública en beneficio privado.
A continuación, se detallan los criterios de este impuesto y los requisitos técnicos que deberán cumplir los municipios para acceder al fondo de 2.000 millones de euros:
Eje Fiscal: El Gravamen de Corresponsabilidad Hídrica
- Hecho imponible: El volumen de agua concesionada para uso privativo industrial o de gran escala, o la capacidad de turbinación en saltos hidráulicos.
- Sujeto pasivo dual: Hidroeléctricas con potencia instalada superior a 50 MW y explotaciones agrícolas de regadío intensivo que superen las 100 hectáreas.
- Carácter finalista: Por ley, el 100% de lo recaudado se ingresará en el Fondo Estatal de Resiliencia, impidiendo que los fondos se desvíen a otros gastos del Estado.
Requisitos Técnicos Mínimos para Ayuntamientos
Para garantizar que el dinero público no se malgaste en obras ineficaces, los ayuntamientos deberán certificar obligatoriamente el cumplimiento de estos cuatro bloques técnicos antes de recibir un solo euro:
1. Adaptación del Urbanismo Local (PGOU)
- Prohibición de construir: El municipio debe haber modificado su Plan General de Ordenación Urbana para prohibir licencias de cualquier tipo en la Zona de Flujo Preferente del río (periodo de retorno de 100 años).
- Servidumbres de paso: Reserva legal de suelo urbano colindante al cauce para ejecutar el retranqueo de motas o la creación de parques inundables.
2. Planes de Emergencia y Alerta Temprana
- Plan de Actuación Municipal (PAM): Disponer de un PAM ante el Riesgo de Inundaciones homologado por la Comunidad Autónoma y Protección Civil.
- Integración digital: Conectar los sistemas de alerta municipales en tiempo real con el SAIH (Sistema Automático de Información Hidrológica) de la Confederación Hidrográfica correspondiente.
3. Auditoría de Escorrentía y Proyectos SuDS
- Estudio hidrológico previo: Presentar un mapa técnico que identifique los puntos críticos de acumulación de agua en el casco urbano.
- Eficiencia de captación: Los proyectos de pavimentos permeables o jardines de lluvia presentados deben garantizar la infiltración o retención de, al menos, el 60% del volumen de agua de una lluvia torrencial típica de la zona.
4. Separación de Redes e Infraestructura de Filtrado
- Redes separativas: Presentar un plan de ejecución para separar las aguas pluviales de las fecales. No se financiarán tanques de tormenta que mezclen agua limpia de lluvia con aguas negras, ya que imposibilitaría su uso posterior en sequías.
- Sistemas de desbaste: Los tanques de tormenta proyectados deben incluir obligatoriamente desarenadores y desengrasadores automáticos para retener plásticos, aceites de coches y lodos antes de almacenar el agua.
Para garantizar que el coste del impuesto verde no se traslade de forma íntegra a la ciudadanía y a los pequeños productores, la ley blindará un mecanismo de tope de traslación de costes. Además, para demostrar la viabilidad de la estrategia, se propone un proyecto piloto en la Cuenca del Ebro, una de las zonas con mayor historial de riadas y conflictos hídricos en España.
Mecanismo de Control Fiscal: Tope del 30% al Consumidor
Para evitar que las grandes hidroeléctricas inflen el precio de la luz o que los macroregadíos especulen con los alimentos, el Ministerio de Hacienda y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) aplicarán las siguientes medidas de control:
- Auditoría de Costes y Margen Comercial: Las empresas sujetas al impuesto deberán desglosar trimestralmente sus costes regulados. La CNMC sancionará de forma severa cualquier incremento de tarifa al consumidor final que supere el 30% del impacto real del tributo.
- Prohibición de Indexación Automática: Se prohibirá por ley incluir este canon hídrico como un concepto variable o recargo directo en los contratos de suministro eléctrico o en las minutas de las comunidades de regantes comerciales.
- Exención al Consumo Básico: El impuesto estará diseñado para gravar exclusivamente la generación a gran escala y el uso intensivo industrial. El agua de abastecimiento urbano (hogares) y el regadío tradicional familiar quedarán 100% protegidos y exentos de cualquier repercusión.
Proyecto Piloto:
"Ebro Resiliente y Conectado”
La cuenca del Ebro presenta el escenario idóneo por sus recurrentes crecidas invernales y sus severas sequías estivales en el valle medio. El piloto se desplegará en un tramo crítico de 100 kilómetros entre Logroño (La Rioja), Tudela (Navarra) y Zaragoza (Aragón).
URBANO (Zaragoza / Tudela)
RURAL (Valle del Ebro)
• Activación de Tanques de Tormenta • Apertura de compuertas automáticas
• Captación de escorrentía limpia • Inundación controlada de fincas
• Alivio de presión en el casco urbano • Infiltración y recarga de acuíferos
Acciones Específicas en el Piloto del Ebro:
- Zonas de Laminación Controlada en el Valle Medio: Se firmarán los primeros "Contratos de Inundabilidad" con agricultores de las riberas de Navarra y Aragón. Campos de cultivo seleccionados se usarán como llanuras de inundación seguras, restando fuerza a las avenidas y reteniendo el agua mediante balsas laterales de sedimentación.
- Recarga del Acuífero Aluvial del Ebro: El exceso de agua retenido en las balsas agrícolas se desviará a campos de infiltración específicos para recargar el acuífero aluvial. Esto creará una reserva subterránea estratégica para que los regantes puedan extraer agua en los meses secos de julio y agosto sin secar el caudal ecológico del río.
- Adecuación Urbana de Zaragoza y Tudela: Se destinarán fondos urgentes a estos municipios para la construcción de tanques de tormenta interconectados con el Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) del Ebro, limpiando y guardando el agua de lluvia antes de que sature las redes municipales.


Propuesta política de prevención de incendios en España
Propuesta política de prevención de incendios en España
Enfocamos el plan, en la gestión activa del territorio a escala de paisaje, la inversión durante todo el año y la integración municipal, pasando de depender solo de la extinción en verano a crear bosques resilientes.
Fases clave para diseñar la propuesta
- Diagnóstico territorial: Analiza el abandono rural, la acumulación de masa forestal combustible y las zonas de interfaz urbano-forestal en riesgo.
- Gestión del paisaje a escala local: Propón fomentar mosaicos agroforestales, pastoreo controlado y aprovechamientos forestales sostenibles que rompan la continuidad del fuego.
- Presupuesto anual estable: Exige fondos finalistas y continuos para limpieza de montes y prevención, no solo partidas de emergencia tras las catástrofes.
- Implicación municipal: Obliga a actualizar y dotar de recursos los planes locales de prevención y los Plan de Actuación Municipal ante Incendios Forestales (PAMIF).
- Educación y persecución del delito: Refuerza la investigación de las causas de los incendios y la educación ambiental para evitar negligencias.
Es una propuesta de alcance estatal con integración multinivel y enfoque mixto (rural y de interfaz urbano-forestal).
El marco de actuación debe estructurarse mediante un Plan Nacional de Paisajes Resilientes frente al Fuego.
Este plan unifica criterios legislativos y de financiación, delegando la ejecución táctica en las Comunidades Autónomas (CCAA) y los Ayuntamientos.
1. NIVEL ESTATAL: Ley de Montes & Financiación
2. NIVEL AUTONÓMICO: Planes de Quemas
3. NIVEL MUNICIPAL: PAMIF & Zonas de Interfaz
1. El Pilar Estatal: Financiación y Coordinación Normativa
El Estado actuará como el motor financiero y el unificador del marco legal nacional:
- Fondo de Financiación de Prevención Anual: Crear una partida presupuestaria finalista en los Presupuestos Generales del Estado. Este fondo debe nutrir de recursos económicos recurrentes a las CCAA y ayuntamientos, desestacionalizando la inversión pública (gastar más en invierno para extinguir menos en verano).
- Modificación de la Ley de Montes: Modificar la Ley de Montes estatal para tipificar de forma obligatoria el diseño de "paisajes cortafuegos" en los planes de ordenación forestal de todo el país.
- Sistema Único de Datos e Inteligencia Artificial: Centralizar a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) una plataforma de mapas de riesgo en tiempo real y simulación de incendios de sexta generación compartida por todas las regiones.
2. Integración Autonómica: Gestión del Paisaje Rural
Las Comunidades Autónomas, al ostentar las competencias medioambientales, ejecutan la estrategia rural:
- Mosaicos Agroforestales: Incentivar fiscalmente a agricultores y ganaderos para crear discontinuidades en el terreno forestal (pastoreo controlado, cultivos estratégicos como el olivar o viñedo que frenan la velocidad del fuego).
- Plan de Quemas Prescritas: Normalizar y desburocratizar el uso del fuego técnico en invierno para eliminar la acumulación de biomasa muerta bajo la supervisión de los bomberos forestales.
3. Integración Municipal: Protección de Urbanizaciones (Interfaz Urbano-Forestal)
Los Ayuntamientos gestionan el suelo más vulnerable y el contacto directo con la población:
- Zonas de Autoprotección Obligatorias: Exigir por ordenanza municipal que las urbanizaciones en contacto con masas forestales mantengan un perímetro de seguridad de un mínimo de 30 metros limpio de vegetación inflamable.
- Inspecciones y Sanciones: Dotar a las policías locales de competencias para sancionar a los propietarios de parcelas privadas abandonadas que supongan un riesgo de propagación.
- Financiación de los PAMIF: Obligar a todos los municipios en zonas de riesgo a tener aprobado su Plan de Actuación Municipal ante Incendios Forestales (PAMIF), financiado con el fondo estatal del punto 1.
Presupuesto económico de la propuesta:
El coste estimado de este Plan Nacional de Paisajes Resilientes para su desarrollo completo en 2 años es de 1.000 millones de euros (500 millones anuales).
Esta cifra se basa en los informes de gestión forestal y de organizaciones como Greenpeace, concebida para revertir el actual modelo español que gasta hasta 19.000 € por hectárea en extinguir y apenas un 20% en prevenir.
A continuación se detalla el articulado y el diseño presupuestario de la propuesta estatal:
1. Incentivos Fiscales para Propietarios Rurales
Orientado a reactivar la gestión del monte privado (que supone el 70% de la superficie forestal en España) y fomentar el mosaico agroforestal:
- Deducción en el IRPF por Gestión Activa: Desgravación del hasta el 20% en la cuota íntegra del IRPF para propietarios que ejecuten desbroces, aclarados y mantenimiento de cortafuegos validados por el plan técnico autonómico.
- Exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) Rústico: Bonificación del 100% del IBI a aquellas fincas que incorporen ganadería extensiva (pastoreo controlado) como herramienta de limpieza de biomasa bajo el modelo de "bomberos ovinos/caprinos".
- IVA Súper Reducido (4%): Aplicación del tipo mínimo del IVA a los servicios forestales de selvicultura preventiva, saca de madera resinera, tratamientos fitosanitarios y biomasa energética.
2. Obligaciones y Sanciones para Urbanizaciones Privadas (Interfaz Urbano-Forestal)
Sección normativa destinada a garantizar la seguridad de los núcleos de población colindantes con el monte:
- Obligaciones:
- Franja perimetral de seguridad: Mantener de forma permanente una franja de protección de mínimo 30 metros de anchura alrededor del perímetro de la urbanización, libre de vegetación seca, maleza y con copas de árboles adecuadamente distanciadas.
- Plan de Autoprotección: Obligatoriedad legal de registrar un plan de evacuación, disponer de una red de hidrantes (bocas de incendio) operativa y mantener los viales limpios para el paso de camiones de bomberos.
- Régimen de Sanciones:
- Infracción Leve (Maleza en parcelas individuales): Multas de 600 € a 3.000 €.
- Infracción Grave (Inexistencia de franja perimetral o hidrantes defectuosos): Multas de 3.001 € a 30.000 €.
- Infracción Muy Grave (Negativa a subsanar el riesgo en época de peligro alto): Multas de 30.001 € a 150.000 € y ejecución subsidiaria por parte del Ayuntamiento (este limpiará el terreno y pasará la factura íntegra a la comunidad de propietarios).
3. Mecanismo de Reparto de Fondos Estatales a los Ayuntamientos
El Estado transferirá los fondos directamente mediante Transferencias Finalistas Condicionadas supervisadas por el MITECO, calculadas bajo los siguientes criterios fijos de ponderación:
4. Presupuesto de Desarrollo en 2 Años (1.000 M€)
El capital se distribuirá de forma bianual priorizando la planificación en el Año 1 y la ejecución masiva en el Año 2:
[AÑO 1: 400 Millones €] ──► 150M€ (Redacción y actualización de PAMIFs) + 250M€ (Subvenciones maquinaria forestal)
[AÑO 2: 600 Millones €] ──► 400M€ (Licitaciones de desbroces y fajas de interfaz) + 200M€ (Fondo compensación fiscal)
- Línea de Subvenciones Directas a Municipios (550 M€): Destinado exclusivamente a la apertura física de las fajas perimetrales de las urbanizaciones vulnerables, dotación de hidrantes municipales y limpieza de caminos forestales críticos.
- Fondo de Compensación de Beneficios Fiscales (200 M€): Partida estatal para compensar la pérdida de recaudación de los ayuntamientos por la exención del IBI rústico y cubrir las deducciones del IRPF.
- Modernización y Redes de Vigilancia (150 M€): Financiación de sistemas de cámaras térmicas locales, sensores IoT en montes municipales y digitalización de los planes de evacuación.
- Asistencia Técnica y Redacción de PAMIFs (100 M€): Financiación del 100% del coste de redacción técnica para que ningún ayuntamiento de menos de 5.000 habitantes quede sin plan de actuación por falta de recursos económicos.
Texto Legal Definitivo:
Ordenanza Municipal de Prevención de Incendios en la Interfaz Urbano-Forestal
El siguiente texto está redactado con la estructura jurídica estándar para ser integrado directamente en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de cualquier municipio en riesgo.
ORDENANZA REGULADORA DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES EN NÚCLEOS RESIDENCIALES Y URBANIZACIONES EN LA INTERFAZ URBANO-FORESTAL
Artículo 1. Objeto y Ámbito de Aplicación
La presente ordenanza tiene por objeto regular las condiciones de seguridad y las medidas mínimas de prevención de incendios forestales exigibles a todas las urbanizaciones, núcleos de población, edificaciones e instalaciones aisladas situadas a menos de 500 metros de terreno forestal dentro del término municipal.
Artículo 2. Obligaciones de las Comunidades de Propietarios y Propietarios Individuales
- Franja Perimetral de Protección: Toda urbanización o núcleo residencial colindante con suelo forestal deberá disponer de una franja de seguridad de 30 metros de anchura mínima, medida exteriormente desde el límite perimetral de las viviendas o vallas de las parcelas. Esta franja deberá estar:
- Totalmente libre de vegetación seca, maleza, residuos o materiales combustibles.
- Con una densidad arbórea controlada (distancia mínima de 3 metros entre copas) y con los árboles podados hasta los 2/3 de su altura total.
- Planes de Autoprotección: Las comunidades de propietarios están obligadas a redactar, registrar e implementar un Plan de Autoprotección ante Incendios Forestales, visado por los técnicos municipales o autonómicos.
- Red de Hidrantes: Deberá garantizarse la existencia de una red de hidrantes homologados contra incendios (mínimo un hidrante a menos de 100 metros de cualquier vivienda), con presión y caudal suficientes según la normativa técnica vigente.
Artículo 3. Régimen de Inspección y Ejecución Subsidiaria
- El Ayuntamiento realizará inspecciones anuales, con especial atención antes del 1 de junio (inicio de la época de peligro alto).
- En caso de incumplimiento, se requerirá al propietario o comunidad la subsanación en un plazo máximo de 15 días naturales.
- Si persistiera el incumplimiento en época de peligro alto, el Ayuntamiento procederá a la ejecución subsidiaria inmediata de los trabajos de limpieza. El coste total de los trabajos será repercutido íntegramente a los propietarios responsables, sin perjuicio de la sanción económica correspondiente.
Artículo 4. Régimen Sancionador
Las infracciones a lo dispuesto en esta ordenanza se clasifican en:
- Leves (Multa de 600 € a 3.000 €): Falta de desbroce o acumulación de restos vegetales en parcelas privadas individuales dentro del núcleo urbano.
- Graves (Multa de 3.001 € a 30.000 €): Inexistencia o mantenimiento deficiente de la franja perimetral de 30 metros, o carencia de hidrantes operativos.
- Muy Graves (Multa de 30.010 € a 150.000 €): Negativa explícita a realizar la limpieza perimetral tras requerimiento formal en época de peligro alto, generando un riesgo inminente para la vida de las personas.
2. Cronograma de Ejecución Presupuestaria Mes a Mes (24 meses - 1.000 M€)
Este calendario operativo distribuye el capital de forma eficiente para cumplir los objetivos en 2 años, coordinando la tramitación legal con los trabajos de campo (aprovechando los meses fríos para desbroces).
AÑO 1: Planificación, Normativa y Concesión de Ayudas (400 Millones €)
- Meses 1-3 (Inversión: 20 M€): Apertura de la ventanilla estatal MITECO. Publicación de las bases reguladoras de las subvenciones para municipios y de las transferencias finalistas. Firma de convenios con las CCAA para la compatibilidad fiscal del IRPF y el IBI rústico.
- Meses 4-6 (Inversión: 100 M€): Reparto de los primeros 100 M€ de asistencia técnica. Los Ayuntamientos contratan ingenierías forestales para redactar o actualizar masivamente los PAMIF y los planes de evacuación urbana.
- Meses 7-9 (Inversión: 80 M€): Aprobación masiva de las Ordenanzas Municipales de Interfaz por parte de los plenos locales. Campaña nacional de notificación e inspección a las comunidades de propietarios para que inicien sus planes de autoprotección.
- Meses 10-12 (Inversión: 200 M€): Resolución de la gran línea de subvenciones a municipios. Transferencia de capital para la compra colectiva de maquinaria forestal pesada (trituradoras, desbrozadoras de cadenas) y la instalación/reparación de la red de hidrantes públicos.
AÑO 2: Ejecución Física Masiva y Compensaciones (600 Millones €)
- Meses 13-15 (Inversión: 150 M€): Ventana de invierno. Licitación y comienzo de las obras de apertura de fajas perimetrales de 30 metros en los municipios de mayor riesgo. Trabajos mecánicos de selvicultura en montes públicos colindantes.
- Meses 16-18 (Inversión: 150 M€): Despliegue de la red de sensores IoT, cámaras térmicas y digitalización de emergencias (150 M€ asignados a modernización). Finalización de las obras críticas de defensa en urbanizaciones antes de la campaña estival.
- Meses 19-21 (Inversión: 200 M€): Campaña de máxima alerta y mantenimiento ligero. Ejecuciones subsidiarias inmediatas por parte de los Ayuntamientos en aquellas urbanizaciones privadas que ignoraron los avisos del Año 1. Activación de los "bomberos ovinos/caprinos" para mantener limpias las áreas ya desbrozadas.
- Meses 22-24 (Inversión: 100 M€): Cierre del bienio. Liquidación del Fondo de Compensación a los ayuntamientos por las exenciones del IBI rústico aplicadas a los propietarios del sector agroforestal. Auditoría final de hectáreas protegidas y presentación de resultados del Plan Nacional

Propuesta de mejora en la Sanidad Española
Propuesta de mejora en la Sanidad Española
Financiación y Sostenibilidad
- Incrementar el gasto sanitario público: Equiparar la inversión al porcentaje del PIB de la media de la Unión Europea para corregir el déficit estructural.
- Blindaje presupuestario: Garantizar por ley que los presupuestos de sanidad no sufran recortes en épocas de recesión económica.
- Optimización del gasto farmacéutico: Fomentar el uso de medicamentos genéricos y centralizar las compras a nivel estatal para mejorar la capacidad de negociación de precios.
Fortalecimiento de la Atención Primaria
- Presupuesto finalista: Destinar al menos el 25% del presupuesto sanitario total directamente a la Atención Primaria.
- Aumento de ratios: Incrementar el número de médicos de familia y enfermeros por habitante para reducir la carga asistencial.
- Límite de pacientes: Fijar un máximo de 1.200 a 1.500 pacientes por médico para garantizar un tiempo mínimo de atención de 10 minutos por consulta.
Gestión de Recursos Humanos (Profesionales)
- Reducción de la temporalidad: Crear planes de estabilización de empleo público para acabar con los contratos eventuales y encadenados.
- Mejora de condiciones laborales: Equiparar los salarios con la media europea para frenar la fuga de cerebros de médicos y enfermeros.
- Flexibilidad y conciliación: Implementar turnos y horarios que permitan una mejor conciliación familiar y profesional.
- Ampliación de plazas MIR: Adaptar la oferta de formación sanitaria especializada a las necesidades reales de jubilación por especialidades.
Reducción de Listas de Espera
- Apertura por las tardes: Utilizar los quirófanos y las salas de diagnóstico en horario vespertino para maximizar el uso de la infraestructura pública.
- Plazos máximos garantizados: Establecer tiempos máximos de espera por ley para consultas de especialistas, pruebas diagnósticas e intervenciones quirúrgicas.
- Transparencia pública: Publicar mensualmente los datos auditados de listas de espera de cada hospital y comunidad autónoma.
Coordinación y Modernización
- Historia clínica única: Crear un sistema digital común e interoperable al 100% entre todas las comunidades autónomas.
- Agencia Estatal de Salud Pública: Consolidar un organismo central efectivo que coordine las alertas sanitarias y las estrategias de prevención a nivel nacional.
- Salud mental y salud bucodental: Ampliar de forma efectiva la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud (SNS) en estas dos áreas críticas.
Análisis del impacto económico
Incrementar el gasto sanitario al nivel europeo
Para entender las implicaciones financieras de equiparar la inversión al porcentaje del PIB de la media de la Unión Europea, es necesario analizar las cifras macroeconómicas del sistema:
1. El Déficit Estructural (La Brecha Financiera)
- Situación en España: Según datos oficiales del Ministerio de Sanidad publicados recientemente, el gasto sanitario público en España se sitúa en torno al 6,4% - 6,5% del PIB, lo que equivale a poco más de 101.739 millones de euros.
- La media europea (UE-27): Los países europeos de referencia invierten una proporción mayor de su riqueza en sanidad pública. Por ejemplo, Francia destina un 9,7% de su PIB y Alemania un 10,1%. La media ponderada de la UE se sitúa aproximadamente en el 7,5% u 8% del PIB en inversión estrictamente pública.
- El coste de la igualación: Cerrar esta brecha de aproximadamente 1,2 puntos porcentuales del PIB requeriría inyectar de forma estructural entre 17.000 y 19.000 millones de euros adicionales al año en las arcas de la sanidad pública. [1, 2, 3, 4]
2. Impacto Económico Positivo (Retorno de la Inversión)
- Ahorro por Productividad Laboral: Reducir las listas de espera quirúrgicas y diagnósticas permite que miles de trabajadores en edad activa se reincorporen antes a sus puestos. Esto minimiza el gasto en prestaciones por Incapacidad Temporal (bajas laborales) de la Seguridad Social.
- Reducción de Costes Crónicos: Una Atención Primaria fuerte (financiada adecuadamente) frena la progresión de enfermedades crónicas. Tratar a un paciente de forma preventiva en el ambulatorio cuesta hasta 5 veces menos que atender una complicación de urgencia en un hospital.
- Creación de Empleo Estable: Absorber los miles de contratos eventuales para estabilizar las plantillas médicas inyecta cotizaciones constantes a la Seguridad Social y aumenta la recaudación por IRPF.
3. Impacto Económico Negativo y Riesgos Financieros
- Aumento de la Presión Fiscal: Para conseguir un incremento de ~18.000 millones de euros sin generar déficit público descontrolado, el Estado se vería obligado a acometer subidas impositivas directas o indirectas, o bien a recortar partidas de otros ministerios.
- Efecto de Desplazamiento sobre el Sector Privado: Actualmente, los ciudadanos españoles gastan cerca de 37.048 millones de euros de su propio bolsillo en la sanidad privada (representando el 2,5% del PIB en gasto privado). Si el sistema público mejora exponencialmente su rapidez, una parte de los usuarios podría dar de baja sus seguros privados. Esto provocaría una contracción económica en el sector empresarial sanitario privado y reduciría los ingresos estatales por el IVA aplicado a estos servicios. [1]
Programa de Mejora para un futuro Ministerio de Fomento, Actualización e Innovación en España bajo el prisma de la Economía Social de Mercado.
Programa de Mejora para un futuro Ministerio de Fomento, Actualización e Innovación en España bajo el prisma de la Economía Social de Mercado.
Es fundamental equilibrar la libre competencia y la iniciativa privada con la justicia social, la cohesión territorial y la sostenibilidad ambiental.
A continuación, detallamos una propuesta estructurada en ejes estratégicos con sus respectivas medidas operativas.
Estructura Orgánica y Misión del Ministerio
El ministerio se redefine como el motor de la modernización física, digital y social de España. Su misión no es solo construir infraestructuras, sino garantizar que la innovación y la conectividad generen igualdad de oportunidades y fortalezcan el tejido empresarial intermedio (PYMEs y cooperativas).
Ejes Estratégicos del Programa de Mejora
1. Infraestructuras para la Cohesión Social y Territorial
La Economía Social de Mercado exige que el crecimiento no deje territorios olvidados. Las infraestructuras deben garantizar la igualdad de oportunidades.
- Red de transporte intermodal eficiente: Priorizar el corredor mediterráneo y atlántico, conectando los puertos con el ferrocarril para reducir costes logísticos a las empresas locales.
- Plan de rescate del tren convencional: Invertir en las líneas de Cercanías y Media Distancia. Asegurar la conectividad diaria del entorno rural con las capitales de provincia para frenar la despoblación.
- Vivienda pública asequible mediante colaboración público-privada: Crear un parque de vivienda en alquiler protegido movilizando suelo público. Se priorizará la gestión a través de cooperativas de vivienda y entidades del tercer sector sin ánimo de lucro.
2. Actualización y Digitalización Inclusiva
La digitalización es un bien público. El Estado debe garantizar el acceso y la capacitación para evitar nuevas brechas sociales.
- Brecha digital cero en el mundo rural: Desplegar el 100% de la cobertura 5G y fibra óptica en municipios de menos de 5.000 habitantes, subsidiando el coste de instalación para microempresas rurales.
- Ventanilla única digital y accesible: Simplificar de forma drástica la burocracia estatal mediante una plataforma única e intuitiva, garantizando por ley la asistencia humana para colectivos vulnerables o tercera edad.
- Modernización del comercio local: Subvenciones y asesoramiento técnico para la digitalización de mercados de abastos, cooperativas agrarias y comercio de barrio, permitiéndoles competir en el entorno digital de manera asociativa.
3. Innovación con Impacto Social y Sostenible
La innovación no solo debe buscar el beneficio económico, sino también el bienestar colectivo y la transición ecológica justa.
- Compra Pública Innovadora (CPI) responsable: El Estado utilizará su poder de compra para adquirir soluciones tecnológicas avanzadas, pero incluyendo cláusulas sociales (empleo de calidad, paridad, inserción) y ambientales en las licitaciones.
- Ecosistemas de innovación abierta: Crear "Hubs de Innovación Regional" que conecten universidades, centros tecnológicos y el sector de la economía social (cooperativas, sociedades laborales) para resolver retos locales (agua, energía, envejecimiento).
- Fomento del I+D+i en PYMEs: Deducciones fiscales directas y ágiles para las pequeñas empresas que inviertan en la actualización de maquinaria limpia o software de ecodiseño.
4. Gobernanza Participativa y Sostenibilidad Financiera
Un marco de Economía Social de Mercado requiere reglas del juego claras, transparencia y la participación de los agentes sociales.
- Mesa sectorial de la Economía Social: Integrar permanentemente a las confederaciones de cooperativas, mutualidades y autónomos en el diseño de las políticas de fomento y ordenación del territorio.
- Criterios de eficiencia y auditoría ciudadana: Evaluación obligatoria del impacto socioeconómico y ambiental de toda gran obra pública antes, durante y después de su ejecución, evitando el despilfarro de recursos públicos.
Matriz de Impacto del Programa
Eje Estratégico
Pilar Económico (Mercado)
Pilar Social / Ambiental
Infraestructuras
Mayor competitividad logística para exportar.
Acceso universal a la vivienda y transporte limpio.
Actualización
Digitalización de PYMEs y aumento de productividad.
Eliminación de la brecha digital en el entorno rural.
Innovación
Atracción de inversión en tecnología puntera.
Creación de empleo inclusivo y soluciones sostenibles.
Plan de Acción Integral para España
Eje 1: Infraestructuras para la Cohesión Social y Territorial
Objetivos Operativos
- Equilibrar la inversión ferroviaria invirtiendo la tendencia histórica (80% Cercanías y Media Distancia, 20% Alta Velocidad).
- Garantizar que ninguna capital de provincia o nodo logístico clave quede desconectado del tráfico europeo de mercancías.
- Crear un stock permanente de vivienda social y asequible sin generar deuda pública masiva.
Acciones Concretas a 5 Años
- Plan "Cercanías España 2030": Auditoría y renovación masiva de los núcleos de Cercanías (Madrid, Barcelona, Valencia, Bilbao, Sevilla, Málaga, Asturias, Cantabria). Automatización de frecuencias, renovación de catenarias y material rodante para reducir las incidencias un 90%.
- Red Nacional de Nodos Logísticos Intermodales: Finalización urgente de los Corredores Atlántico y Mediterráneo. Obligatoriedad por ley de que las nuevas zonas industriales de más de 50 hectáreas tengan acceso ferroviario directo para incentivar que las PYMEs exporten en tren.
- Fideicomiso Nacional de Vivienda en Cesión de Uso: Creación de un fondo de suelo público estatal. Este suelo se cederá mediante concesiones a 75 años a cooperativas de vivienda en régimen de cesión de uso (modelo Andel) y promotores sociales. Los inquilinos pagan un precio de coste (hasta un 40% por debajo del mercado) y la propiedad nunca se puede privatizar ni vender para evitar la especulación.
Eje 2: Actualización y Digitalización Inclusiva
Objetivos Operativos
- Erradicar la brecha digital geográfica (rural vs. urbano) y socioeconómica (edad y nivel de ingresos).
- Garantizar la soberanía del dato y la competitividad digital del tejido de microempresas y autónomos (el 95% del tejido empresarial español).
Acciones Concretas a 5 Años
- Bono de Conectividad Universal "Giga Social": Subvención directa del 100% de la tarifa de internet de alta velocidad (fibra o satélite) para los hogares en situación de vulnerabilidad y microempresas ubicadas en municipios de menos de 10.000 habitantes en la "España Vaciada".
- Plataforma Estatal "Mercado Nacional Digital": Creación de una infraestructura pública digital donde el comercio local, los mercados de abastos y las cooperativas agrarias locales puedan vender e interactuar de forma directa con los consumidores, compitiendo con las grandes multinacionales de comercio electrónico sin pagar comisiones abusivas.
- Oficinas Estatales de Acompañamiento Ciudadano: Despliegue de una red presencial que garantice el derecho por ley a ser atendido por un humano para realizar cualquier trámite de la Administración Pública. Formación digital en el centro, eliminando la exclusión de las personas mayores.
Eje 3: Innovación con Impacto Social y Sostenible
Objetivos Operativos
- Alcanzar el 2.5% del PIB en inversión en I+D+i, involucrando activamente a la economía social.
- Utilizar la contratación del Estado como palanca de transformación industrial limpia.
Acciones Concretas a 5 Años
- Estatuto de la Compra Pública Innovadora Responsable: Modificación de la Ley de Contratos del Sector Público. El 15% de las licitaciones tecnológicas del Estado se reservarán a consorcios donde participen universidades públicas, PYMEs y empresas de economía social (cooperativas, centros especiales de empleo), evaluando un 60% por criterios de impacto social y sostenibilidad y un 40% por precio.
- Red de Centros Nacionales de Economía Circular Industrial: Construcción de 17 centros (uno por Comunidad Autónoma) dedicados a la investigación y transferencia tecnológica sectorial para la reutilización de residuos industriales masivos (textil en la Comunidad Valenciana/Galicia, agroalimentario en Andalucía/Murcia, automoción en Cataluña/Castilla y León).
- El "Cripto-Bono Innova PYME": Emisión de vales de innovación de adjudicación automática en 48 horas para que las microempresas puedan contratar a doctores universitarios o centros tecnológicos para auditar y rediseñar sus procesos industriales hacia la neutralidad de carbono.
Eje 4: Gobernanza Participativa y Sostenibilidad Financiera
Objetivos Operativos
- Garantizar la eficiencia de cada euro invertido, erradicando las "infraestructuras fantasma".
- Institucionalizar el diálogo con el tercer sector y los agentes sociales en las políticas de fomento.
Acciones Concretas a 5 Años
- Agencia Independiente de Evaluación de Proyectos de Fomento (AIEF): Organismo autónomo (siguiendo el modelo de la AIReF) que auditará el retorno social y económico de cualquier obra pública superior a los 20 millones de euros. Ningún proyecto podrá licitarse si cuenta con un informe de rentabilidad socioambiental negativo.
- Consejo Estatal de la Economía Social y la Sostenibilidad: Órgano consultivo permanente integrado en el Ministerio, con voz y voto en la redacción de los Planes de Vivienda y las Estrategias de Digitalización nacionales.
Plan Maestro de Financiación Presupuestaria
Para desplegar este programa nacional sin comprometer la estabilidad macroeconómica ni aumentar el déficit estructural del Estado, se diseña una arquitectura financiera dividida en tres pilares:
┌─────────────────────────────────────────────────────────────┐
│ ARQUITECTURA DE FINANCIACIÓN NACIONAL │
└──────────────────────────────┬──────────────────────────────┘
│
┌───────────────────────┼───────────────────────┐
▼ ▼ ▼
[Pilar 1: UE] [Pilar 2: Mercados] [Pilar 3: Alianzas]
NextGeneration/FEDER Soberanía Sostenible Colaboración PPP
(Subvenciones/Préstamos) (Bonos Verdes/Sociales) (Régimen Disponibilidad)
1. Fondos Europeos: Maximización de las Adendas y Fondos Estructurales
- Tramos de Préstamos NextGenerationEU: Solicitar y dirigir los préstamos reembolsables de la UE hacia el Eje 1 (Infraestructuras Ferroviarias) y el Eje 3 (Centros de Economía Circular). Al ser proyectos con retorno económico indirecto (reducción de costes de transporte, venta de subproductos), el Estado puede amortizar los préstamos a largo plazo.
- Fondo de Cohesión y FEDER 2021-2027: Reorientación de las partidas no ejecutadas de los fondos estructurales para cofinanciar el 100% del despliegue del Eje 2 (Giga Social) y la conectividad rural.
2. Soberanía Financiera Sostenible: Emisión de Deuda soberana Sostenible
- Bonos Verdes Soberanos del Reino de España: El Tesoro Público emitirá líneas específicas de Bonos Verdes destinadas exclusivamente a la modernización de los núcleos de Cercanías y la reconversión de nodos de mercancías ferroviarias.
- Bonos Sociales de Impacto "Vivienda y Empleo": Emisión de deuda pública social certificada según los estándares de la ICMA (International Capital Market Association). El capital captado se blindará por ley en un fondo extrapresupuestario destinado únicamente a financiar la construcción de la red de vivienda cooperativa y los incentivos de digitalización de las PYMEs.
3. Fórmulas de Pago por Disponibilidad (PPP) Social
- Para la modernización tecnológica y las grandes obras de intermodalidad, se sustituye el modelo tradicional de concesión por peajes por el de Contratos de Concesión por Disponibilidad.
- El sector privado (priorizando consorcios integrados por mutuas de seguros, cajas rurales locales y constructoras éticas) aporta el capital inicial. El Ministerio paga un canon anual indexado estrictamente a indicadores de calidad, reducción de emisiones y mantenimiento del empleo local. Si la infraestructura no cumple con los estándares socioambientales pactados, el pago público se reduce automáticamente.
Indicadores Clave de Rendimiento (KPIs) a 3 y 5 Años
Para medir de forma objetiva la transición hacia este modelo de eficiencia económica y justicia social, se establecen métricas obligatorias auditales por la AIReF.
Eje 1: Infraestructuras y Cohesión Territorial
- Índice de Incidencias en Cercanías (Puntualidad):
- Año 3: Reducción del 35% en retrasos y cancelaciones en los grandes núcleos de población.
- Año 5: Alcanzar una tasa de puntualidad del 96.5% a nivel nacional.
- Cuota de Mercancías por Ferrocarril:
- Año 3: Incrementar la cuota del 4% actual al 8%.
- Año 5: Alcanzar el 15% (acercándose a la media europea) mediante el uso de los Corredores Atlántico y Mediterráneo.
- Viviendas en Régimen de Cesión de Uso Cooperativo:
- KPI : Entregar de forma sostenida 200.000 viviendas/año (Año 3: 600.000 acumuladas; Año 5: 1.000.000 acumuladas) bajo el modelo de cesión de uso y alquiler protegido.
- Movilización Masiva de Suelo: Activación inmediata de todo el suelo propiedad de la SEPES (Entidad Pública Empresarial de Suelo), de los activos de la SAREB, y suelos de infraestructuras ferroviarias en desuso (ADIF).
- Financiación Escalada: Multiplicación de la emisión de los Bonos Sociales de Impacto "Vivienda y Empleo" y apertura de líneas de crédito específicas al 0% de interés a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) en alianza con el Banco Europeo de Inversiones (BEI), dirigidas en exclusiva a cooperativas de viviendas y promotores sociales.
Eje 2: Actualización y Digitalización Inclusiva
- Brecha Digital Rural:
- Año 3: Cobertura de fibra/5G al 95% en municipios de menos de 10.000 habitantes.
- Año 5: 100% de conectividad efectiva con tasa cero de exclusión para trámites administrativos.
- Adopción de "Mercado Nacional Digital":
- Año 3: 50.000 PYMEs y cooperativas operando activamente en la plataforma pública.
- Año 5: 150.000 comercios integrados, reduciendo su dependencia de las grandes plataformas logísticas internacionales.
Eje 3: Innovación Sostenible
- Inversión total en I+D+i sobre el PIB:
- Año 3: 1.9% del PIB.
- Año 5: Alcanzar la meta del 2.5% del PIB.
- Proyectos con Compra Pública Innovadora Responsable:
- Año 3: El 8% de los contratos tecnológicos del Estado bajo esta modalidad.
- Año 5: El 15% total reservado por ley para consorcios PYME-Economía Social.
Eje 4: Gobernanza y Retorno Social
- Proyectos Auditados por la AIEF con informe vinculante:
- Año 3: El 100% de las obras superiores a 50 millones de euros.
- Año 5: El 100% de las obras superiores a 20 millones de euros.
Estrategia de Incentivos Fiscales
El marco fiscal no busca subsidiar de forma pasiva, sino premiar el comportamiento responsable y la reinversión de beneficios en el ecosistema productivo.
Impuesto sobre Sociedades (IS)
- Deducción por Reinversión en Economía Circular (Art. 31 bis - Propuesta): Las PYMEs que adquieran maquinaria limpia o codiseñen productos validados por la Red de Centros de Economía Circular podrán aplicar una deducción directa en la cuota íntegra del 25% del coste de la inversión.
- Superdeducción por I+D+i Social en Cooperativas: Las cooperativas y sociedades laborales que inviertan en proyectos de innovación abierta con universidades públicas podrán deducirse hasta el 45% de los gastos de personal investigador joven y doctorados contratados.
- Bonificación para Empresas con Sello de Compra Responsable: Aquellas empresas de capital convencional que subcontraten al menos un 20% de su cadena de valor con Centros Especiales de Empleo o cooperativas locales disfrutarán de una rebaja de 2 puntos porcentuales en su tipo impositivo general del IS.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Deducción por Inversión en Bonos de Impacto Social: Los ciudadanos que adquieran los "Bonos Sociales de Vivienda y Empleo" o "Bonos Verdes" estatales contarán con una deducción del 20% de las cantidades invertidas en su cuota autonómica del IRPF (hasta un límite de 3.000 € anuales).
- Deducción por Emprendimiento en la Economía Social: Deducción del 30% del capital aportado por particulares para la constitución o ampliación de capital de cooperativas de trabajo asociado o Sociedades Laborales de carácter industrial o tecnológico.
Impacto Estimado en la Creación de Empleo Directo
El sector de la economía social en España (cooperativas, sociedades laborales, mutualidades, empresas de inserción) destaca por generar empleo indefinido, arraigado al territorio y con menor brecha salarial.
[Proyección de Creación de Empleo Directo (Acumulado)]
Año 3: +110.000 Empleos directos en Economía Social
Año 5: +280.000 Empleos directos en Economía Social
Desglose Sectorial del Empleo Estimado (A 5 Años)
- Sector de la Construcción y Rehabilitación Sostenible (Eje 1): +95.000 empleos directos. Generados a través de las cooperativas de vivienda y empresas constructoras medianas asociadas al Plan de Vivienda en Cesión de Uso y la renovación de la red ferroviaria convencional.
- Economía Circular y Valorización de Residuos (Eje 3): +70.000 empleos directos. Operarios, técnicos de laboratorio e ingenieros en las 17 plantas autonómicas de reciclaje industrial y logística de subproductos.
- Tecnología y Servicios de Digitalización de Proximidad (Eje 2): +55.000 empleos directos. Técnicos encargados de la asistencia presencial en los Ciber-Centros y especialistas en la gestión del Mercado Nacional Digital.
- Inserción Social y Tercer Sector Laboral (Transversal): +60.000 empleos directos. Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción que absorberán los contratos públicos vinculados a las cláusulas sociales de las licitaciones estatales.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES TIPO PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS, SERVICIOS Y SUMINISTROS EN EL MARCO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE MERCADO
CLÁUSULA X. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DE CARÁCTER SOCIAL, LABORAL Y AMBIENTAL
X.1. Objeto y Fundamento Jurídico
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y bajo los principios rectores de la Economía Social de Mercado, se establecen condiciones especiales de ejecución obligatorias para la empresa adjudicataria, con el fin de promover el empleo digno, la cohesión social, la igualdad de oportunidades y la transición verde.
X.2. Obligaciones de Carácter Social y Laboral
La empresa adjudicataria queda obligada al estricto cumplimiento de las siguientes condiciones durante todo el periodo de vigencia del contrato:
- a) Subcontratación de la Economía Social: El adjudicatario deberá subcontratar al menos un 15% del importe neto de la adjudicación con Empresas de Inserción (EI), Centros Especiales de Empleo de iniciativa social (CEEIS) o Cooperativas de Trabajo Asociado de ámbito local, debidamente inscritos en sus registros oficiales correspondientes.
- b) Estabilidad Laboral y Calidad en el Empleo: Al menos el 85% de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato deberán contar con contratos de carácter indefinido a jornada completa. Se prohíbe expresamente la aplicación de convenios colectivos de empresa que contengan condiciones salariales inferiores a las del Convenio Sectorial provincial aplicable.
- c) Inserción de Colectivos Vulnerables: El adjudicatario se compromete a que un mínimo del 5% del personal contratado ex novo para la ejecución de la obra o servicio sean personas en situación de exclusión social o desempleados de larga duración, derivados por los servicios públicos de empleo.
X.3. Obligaciones de Carácter Ambiental y de Economía Circular
- a) Huella de Carbono y Proximidad: El adjudicatario deberá garantizar que al menos el 40% de los materiales, suministros o componentes utilizados en la ejecución del contrato provengan de un radio inferior a 150 km respecto al lugar de ejecución (kilómetro cero), minimizando la huella de transporte.
- b) Reutilización de Materiales: En los contratos de obra y edificación, un mínimo del 20% en peso del total de materiales utilizados deberá proceder de procesos de reciclaje o valorización certificada, auditados por la Red de Centros Nacionales de Economía Circular.
CLÁUSULA Y. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE CARÁCTER SOCIAL Y MEDIOAMBIENTAL
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, se aplicará una ponderación en la que los criterios cualitativos institucionales prevalecerán sobre el mero precio económico, con arreglo al siguiente desglose:
- Bloque A: Criterios Económicos y Técnicos (40% de la puntuación total): Precio ofertado y memoria técnica del proyecto.
- Bloque B: Impacto Social e Inclusión (30% de la puntuación total): Se otorgará la máxima puntuación a las ofertas que eleven de forma voluntaria el porcentaje de subcontratación con cooperativas o centros de inserción por encima del mínimo exigido en la cláusula X.2.a.
- Bloque C: Sostenibilidad y Transición Ecológica (30% de la puntuación total): Valoración del plan de gestión de residuos, uso de energías renovables adscritas a la obra y uso de materiales con eco-etiqueta tipo I.
CLÁUSULA Z. RÉGIMEN SANCIONADOR Y PENALIDADES
Z.1. Incumplimiento de las Condiciones Especiales de Ejecución
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la Cláusula X facultará al Ministerio para imponer penalidades proporcionales a la gravedad del incumplimiento:
- El incumplimiento de las cuotas de empleo o subcontratación social devengará una penalidad diaria equivalente al 0.5% del precio del contrato por cada día que persista la infracción.
- De conformidad con el artículo 211 de la Ley de Contratos del Sector Público, el incumplimiento reiterado y grave de estas condiciones especiales de ejecución de carácter social y ambiental será considerado causa de resolución del contrato, con pérdida de la garantía definitiva y prohibición de contratar con la Administración Pública por un periodo de hasta tres años.
Programa politico en España para mejorar en el Deporte y la cultura en España desde el punto de vista cristiano demócrata
Programa politico en España para mejorar en el Deporte y la cultura en España desde el punto de vista cristiano demócrarta
A continuación se presenta una propuesta integral.
PROGRAMA POLÍTICO: DEPORTE Y CULTURA PARA ESPAÑA
Inspiración Demócrata Cristiana y Economía Social de Mercado
Premisas Fundamentales
El presente programa se fundamenta en la antropología cristiana, que sitúa a la persona en el centro de toda acción política, reconociendo su dignidad intrínseca y su dimensión trascendente. Desde los principios de subsidiariedad, solidaridad y bien común, entendemos que el Deporte y la Cultura no son meros bienes de consumo ni monopolios estatales, sino pilares para el desarrollo integral del ser humano y la cohesión comunitaria.
Bajo el modelo de la Economía Social de Mercado, el Estado no asume el rol de gestor absoluto, sino de garante y regulador, incentivando la libre iniciativa, el mecenazgo privado y el tejido asociativo sin ánimo de lucro, asegurando que los beneficios económicos se traduzcan en bienestar social.
ÁREA I: POLÍTICA DEPORTIVA
El deporte como escuela de virtudes, salud pública y cohesión familiar.
1. Fomento del Deporte Base y la Vida Familiar
- Conciliación y Deporte Familiar: Creación de programas de infraestructuras municipales orientados a la práctica deportiva conjunta de padres e hijos, bonificando el acceso a familias numerosas y monoparentales.
- Red de Clubes Parroquiales y de Barrio: Apoyo fiscal y técnico a entidades asociativas locales, fundaciones y clubes deportivos de barrio, reconociéndolos como los verdaderos motores de la subsidiariedad deportiva frente a las grandes corporaciones.
- Valores en el Deporte Escolar: Reformatar los currículos de educación física para priorizar la cultura del esfuerzo, el respeto al rival, el juego limpio y el trabajo en equipo sobre la competitividad mercantilizada.
2. Colaboración Público-Privada y Sostenibilidad Financiera
- Mecenazgo Deportivo Social: Deducciones fiscales de hasta el 85% en el IRPF e Impuesto de Sociedades para pymes y autónomos que financien el deporte adaptado, el deporte femenino y las escuelas de iniciación en zonas rurales o vulnerables.
- Gobernanza y Transparencia en Federaciones: Exigencia de auditorías externas e implantación de modelos de gestión ética en las federaciones deportivas nacionales y autonómicas como condición sine qua non para recibir cualquier tipo de subvención pública.
3. Inclusión, Salud e Integración Social
- El Deporte como Receta Médica: Integración de la actividad física orientada en el Sistema Nacional de Salud mediante convenios con graduados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, aliviando el gasto sanitario a través de la prevención.
- Acceso Universal Adaptado: Eliminación de barreras arquitectónicas y dotación de recursos específicos en los polideportivos públicos para asegurar que las personas con discapacidad tengan garantizado su derecho al desarrollo físico.
ÁREA II: POLÍTICA CULTURAL
La cultura como custodia del patrimonio material e inmaterial, espacio de belleza y búsqueda de la verdad.
1. Protección del Patrimonio Histórico y Raíces Identitarias
- Conservación del Patrimonio Sacro e Histórico: Fortalecimiento de los convenios de colaboración con las diócesis y fundaciones de la Iglesia Católica para la restauración, mantenimiento y apertura al público del patrimonio histórico-artístico, entendiendo su incalculable valor espiritual, cultural y turístico para la Marca España.
- Humanismo Cristiano en las Artes: Creación de certámenes nacionales y becas de creación artística orientadas a jóvenes creadores que exploren la dignidad humana, los valores del humanismo europeo y el rescate de la belleza clásica frente al nihilismo.
2. Democratización del Acceso y Libertad de Creación
- Cheque Cultural Familiar: Implementación de un bono anual para familias de rentas bajas y medias destinado exclusivamente a la adquisición de libros, asistencia al teatro, museos y conciertos tradicionales, asegurando que la cultura no sea un privilegio elitista.
- Garantía de Pluralidad y Neutralidad: Despolitización de los fondos públicos destinados al cine y las artes escénicas. Los criterios de adjudicación se basarán estrictamente en el mérito artístico, el impacto social y la viabilidad económica, evitando el uso del presupuesto cultural para la ingeniería social ideológica.
3. El Sector Cultural en la Economía Social de Mercado
- Estatuto del Artista y Emprendimiento Cultural: Simplificación burocrática y bonificaciones de cotización a la Seguridad Social para autónomos del sector cultural y artesanos, reconociendo la intermitencia inherente a su actividad económica.
- Ley de Mecenazgo Cultural Ambiciosa: Equiparación del mecenazgo cultural español a los estándares europeos más avanzados, permitiendo que la sociedad civil y las empresas privadas asuman un papel protagonista en la financiación de las artes, reduciendo la dependencia de las subvenciones estatales directas.
- Promoción de las Industrias Creativas y de la Lengua: Potenciación del español y de las lenguas cooficiales como activos económicos globales, apoyando a las editoriales independientes, el teatro clásico y la producción audiovisual nacional mediante créditos blandos y avales públicos a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO).
Conclusión Programática
Este programa no busca el control estatal ni el abandono de los sectores a las fuerzas ciegas del mercado globalizado.
Su objetivo es vertebrar una comunidad de personas libres, sanas y cultas, unidas por valores compartidos, donde el dinamismo económico sirva de soporte a la realización espiritual, física e intelectual de cada ciudadano español.
I. REVOLUCIÓN DEPORTIVA: DEL TALENTO ISOLADO AL SISTEMA DE ALTO RENDIMIENTO
Históricamente, los éxitos de España en el atletismo y deportes olímpicos han dependido en exceso de "generaciones espontáneas" de genios individuales. Para competir al máximo nivel internacional de forma sostenida, se propone:
- Mecenazgo Deportivo 2.0 (Ley de Patrocinio Societario): Elevar las deducciones fiscales hasta el 95% para aquellas empresas privadas que inviertan en becas directas a atletas de élite y en la modernización de los Centros de Alto Rendimiento (CAR). Esto elimina la dependencia exclusiva de las becas estatales y profesionaliza el día a día del atleta.
- El Modelo de "Club de Atletismo Comunitario": El atletismo internacional se domina desde la base. Se implementarán incentivos fiscales para que las empresas locales cofinancien clubes de atletismo municipales. La economía social de mercado prioriza que las cooperativas y mutuas deportivas locales gestionen las escuelas de base, liberando al Estado de la gestión directa.
- Dual-Career (Carrera Dual) y Estabilidad Vital: Inspirado en el humanismo cristiano que cuida la integridad de la persona, se legislará un marco de protección real para el "post-deporte". Las universidades públicas y privadas recibirán desgravaciones si implantan tutorías y adaptaciones curriculares estrictas para atletas de élite, garantizando su inserción laboral posterior.
- Tecnificación y Descentralización de los CAR: Crear una red subcomarcal de centros de tecnificación dotados con la última tecnología en biomedicina y análisis de datos, colaborando estrechamente con las facultades de Ciencias del Deporte.
II. INDUSTRIA AUDIOVISUAL: EXCELENCIA DE AUTORES, EDITORES, GUIONISTAS Y PRODUCTORES
Para mejorar radicalmente la calidad técnica, narrativa y artística de nuestro sector audiovisual, debemos pasar de una cultura de "subvención por cuotas o ideología" a una economía cultural basada en el mérito, el rigor formativo y el atractivo de mercado.
- Creación del "Instituto de Alta Formación Audiovisual": Una institución de excelencia fundamentada en la colaboración público-privada (junto a grandes productoras, televisiones y plataformas). El acceso será estrictamente por mérito y capacidad. Formará a guionistas, editores y directores en narrativas universales, estructuras dramáticas sólidas y las últimas tecnologías (como la producción virtual y la inteligencia artificial aplicada a la postproducción).
- Reforma de las Ayudas del ICAA (Criterios de Excelencia y Retorno Social): Las ayudas públicas al desarrollo de guiones y producción no se otorgarán bajo criterios de ingeniería social. Se valorará la solidez del texto, la búsqueda de la belleza, los valores humanos universales, el valor del patrimonio cultural español y la capacidad de coproducción internacional.
- Incentivos Fiscales para "Salas de Guionistas" y Desarrollo: El gran mal del audiovisual español es la falta de presupuesto en la fase de escritura. Se aplicarán deducciones del 40% en el Impuesto de Sociedades a los gastos destinados específicamente a las fases de investigación, escritura de guion y edición de sonido/imagen, permitiendo que los creadores maduren sus obras antes de rodar.
- Fomento del Productor Independiente y de la Propiedad Intelectual: En la economía social de mercado, el productor no es un mero comisionista del Estado; es un empresario de riesgo. Se protegerá por ley al productor independiente frente a las prácticas oligopolísticas de las grandes plataformas de streaming, asegurando que los creadores retengan un porcentaje de la propiedad intelectual de sus obras para garantizar la sostenibilidad a largo plazo de sus empresas.
- El Español como Activo Económico Global: Impulsar mercados internacionales de coproducción con Hispanoamérica. España debe liderar los lazos culturales de la comunidad hispanohablante, facilitando que guionistas y productores locales tengan un mercado natural de más de 500 millones de personas, compitiendo directamente con la industria anglosajona.
I. ESQUEMA EXACTO DE INCENTIVOS FISCALES PARA EMPRESAS PATROCINADORAS
(Ley de Mecenazgo, Cohesión Social y Estímulo del Talento)
Para sustituir el modelo de "subvención directa estatal" por un sistema donde la sociedad civil y las empresas eligen libremente a qué atletas, entidades o proyectos apoyar, se establece un marco fiscal estructurado en tres niveles de deducción en el Impuesto sobre Sociedades (IS) y en el IRPF para autónomos.
1. Deducciones Directas en la Cuota Íntegra
- Mecenazgo de Base y Deporte Adaptado (Nivel 1 - Máximo Estímulo): Las aportaciones económicas o donaciones de bienes/servicios destinadas a clubes de atletismo base, deporte escolar, deporte adaptado e industrias artísticas tradicionales en el medio rural deducirán el 90% de la cantidad invertida en la cuota del impuesto.
- Mecenazgo de Élite y Alta Cultura (Nivel 2): Las inversiones destinadas al patrocinio de atletas de alto nivel (becas directas controladas), salas de guionistas de productoras independientes o conservación del patrimonio histórico-artístico deducirán el 75% de la cantidad invertida.
- Límite de la Deducción: Para evitar ingeniería fiscal, el límite de estas deducciones se eleva del actual 10%-15% hasta el 40% de la cuota íntegra de la empresa. El exceso no deducido se podrá aplicar en los 10 ejercicios siguientes.
2. El "Crédito Fiscal por Gasto en I+D+C" (Investigación, Desarrollo y Cultura)
- Las productoras audiovisuales que inviertan en fases de preproducción (escritura de guion, investigación histórica, desarrollo de biblias de serie) o en la tecnificación de atletas (biomedicina, análisis de datos) disfrutarán de una deducción del 45% de los gastos de personal imputados directamente a estas fases.
- Si la empresa se encuentra en pérdidas y no puede aplicar la deducción, el Estado monetizará dicho crédito fiscal (devolución directa) con un descuento del 10%, inyectando liquidez inmediata a las pymes culturales y deportivas.
3. Crowdfunding de Proximidad (Micromecenazgo para Ciudadanos)
- Los ciudadanos que apoyen económicamente a su club de atletismo local, a una escuela de teatro de barrio o a la restauración de una iglesia de su municipio, tendrán una deducción en el IRPF del 95% para los primeros 250 € donados al año, y del 40% para el resto.
II. CRITERIOS DE EVALUACIÓN ARTÍSTICA SIN CONTROL IDEOLÓGICO
(El Modelo de Gobernanza Ciega y Baremo Técnico)
El humanismo cristiano defiende la libertad creativa absoluta frente al dirigismo del Estado. Para adjudicar las ayudas complementarias o los sellos de idoneidad fiscal sin caer en la censura o el clientelismo político, se sustituirá el actual sistema del ICAA y los comités autonómicos por una Comisión de Evaluación Técnica Ciega y un Baremo de Puntos Objetivo.
1. Composición del Comité: "Gobernanza Ciega"
- Los comités evaluadores no serán nombrados por cargos políticos (Ministerio o Consejerías). Se elegirán por sorteo público bienal entre un cuerpo de profesionales en activo (catedráticos de literatura/cine, editores, guionistas con más de 10 años de experiencia, directores de fotografía y distribuidores).
- Evaluación del Guion a Ciegas: Las obras se presentarán de forma anónima, eliminando los nombres del autor y de la productora. El comité solo juzgará el texto puro y su propuesta técnica.
2. El Baremo Objetivo de Puntos (Matriz de Viabilidad y Valores Universales)
La asignación de fondos se realizará mediante una matriz de puntos matemática y pública, dividida en tres bloques estancos para evitar la discrecionalidad ideológica:
[Bloque I: Calidad Técnica (40%)] + [Bloque II: Viabilidad Económica (40%)] + [Bloque III: Retorno Humano (20%)] = Puntuación Final
Bloque I: Calidad Estructural y Técnica (40 puntos)
- Solidez dramática (20 pts): Coherencia de la estructura narrativa, desarrollo de personajes y ritmo dramático de la propuesta cinematográfica o teatral.
- Innovación y Excelencia Industrial (20 pts): Uso de tecnologías avanzadas (producción virtual, sonido inmersivo) o técnicas artísticas artesanales y tradicionales en riesgo de desaparición.
Bloque II: Viabilidad Económica y de Mercado (40 puntos)
- Capacidad de Coproducción (15 pts): Acuerdos cerrados con productoras internacionales, especialmente del ámbito hispanohablante.
- Plan de Distribución Relevante (15 pts): Contratos previos o cartas de interés que aseguren que la obra llegará a salas de cine, televisiones o plataformas, evitando "películas fantasma" hechas solo para cobrar la subvención.
- Aportación de capital propio (10 pts): Nivel de riesgo económico asumido por el propio productor mediante capital privado o créditos comerciales.
Bloque III: Retorno Social y Humanismo (20 puntos)
- Valores Humanos Universales (10 pts): Obras que exploren la dignidad humana, la cultura del perdón, la reconciliación, la superación personal, la solidaridad o la familia de forma abierta, sin panfletos políticos.
- Custodia de la Identidad y el Patrimonio (10 pts): Proyectos que rescaten, divulguen o pongan en valor la historia de España, sus figuras históricas universales o su patrimonio material e inmaterial, desde una perspectiva de rigurosidad y respeto histórico.
Si desea seguir perfilando esta propuesta, podemos centrarnos en:
- Desarrollar el marco legal para proteger al productor independiente frente al oligopolio de las grandes plataformas globales.
- Diseñar la implantación del "Estatuto del Atleta de Élite" para coordinar los estudios universitarios con los entrenamientos de alto rendimiento.
I. MARCO LEGAL PARA LA PROTECCIÓN DEL PRODUCTOR INDEPENDIENTE
(Ley de Competencia Cultural y Soberanía Audiovisual)
En una economía social de mercado, el Estado debe intervenir cuando un oligopolio (las grandes plataformas globales de streaming) abusa de su posición dominante, asfixiando a las PYMES locales y convirtiendo al productor independiente en un mero comisionista de servicios. Para evitarlo, se establece el siguiente marco regulatorio:
1. Redefinición Estricta y Blindaje del "Productor Independiente"
- Criterio de Propiedad Real: Se considerará productor independiente únicamente a aquella persona física o jurídica que no esté controlada por un prestador de servicios de comunicación audiovisual (plataforma o televisión tradicional), que no comparta consejeros y que retenga al menos el 51% de los derechos de propiedad intelectual (IP) de la obra tras la ventana de explotación inicial.
- Prohibición de Contratos de "Compra Total" (Work-for-Hire): Se declaran nulas las cláusulas contractuales donde las plataformas globales obliguen al productor español a ceder a perpetuidad y de forma global todos los derechos de la obra cinematográfica o serie.
2. Regulación de Ventanas de Explotación y Reversión de Derechos
- Cláusula de Reversión Obligatoria: Todos los derechos cedidos en exclusiva a una plataforma global para el territorio español revertirán automáticamente al productor independiente en un plazo máximo de 5 años para series y 3 años para largometrajes, salvo pacto de renovación con incremento del precio de mercado.
- Derecho de Explotación Secundaria: El productor independiente mantendrá siempre los derechos para mercados secundarios (remakes extranjeros, adaptaciones literarias, merchandising, videojuegos y explotación educativa), rompiendo el monopolio de las multinacionales sobre el universo de la obra.
3. Cuotas de Inversión Financiadas con la Tasa Digital
- Fondo de Garantía de la Propiedad Intelectual: Se gravará con un 5% de los ingresos generados en España a las plataformas de streaming residentes o no residentes (tasa que se redirigirá a través del ICO). Este fondo no se otorgará como subvención a fondo perdido, sino como créditos participativos blandos para que los productores independientes puedan financiar el 40% de sus obras de forma autónoma, permitiéndoles acudir a la mesa de negociación con las plataformas como socios y no como subordinados.
II. "ESTATUTO DEL ATLETA DE ÉLITE": COORDINACIÓN UNIVERSITARIA Y ALTO RENDIMIENTO
(Plan de Conciliación Académico-Deportiva "Humanismo y Esfuerzo")
El humanismo cristiano exige que el atleta no sea tratado como una mercancía de usar y tirar durante sus años de plenitud física. El objetivo de este Estatuto es garantizar que el rendimiento deportivo internacional sea compatible con una formación universitaria excelente.
1. Creación del Sello "Universidad de Alta Compatibilidad Deportiva" (UACD)
- Incentivos a la Red Universitaria: Se otorgará una bonificación del 15% en las cotizaciones a la Seguridad Social de todo el personal docente e investigador a aquellas universidades (públicas o privadas) que se certifiquen en el programa UACD.
- Cupo de Reserva Integrado: Reserva obligatoria del 7% de las plazas en todas las titulaciones de grado y máster para Deportistas de Alto Nivel (DAN) y de Alto Rendimiento (DAR), manteniendo la exención del pago de tasas de matrícula en la primera convocatoria en universidades públicas.
2. Flexibilidad Curricular por Ley (El Modelo de Tutorización Flexible)
- La Figura del Mentor Académico Deportivo: Cada atleta DAN/DAR tendrá asignado un catedrático o profesor titular como tutor personal. Este tutor tendrá la potestad legal de coordinar con el resto del departamento la modificación de fechas de exámenes, entregas de trabajos y prácticas obligatorias cuando coincidan con competiciones oficiales, concentraciones federativas o periodos de carga pre-olímpica.
- Itinerarios de Larga Duración: Se autoriza legalmente a los deportistas de élite a cursar sus estudios de grado con una carga mínima de 24 créditos anuales (en lugar de los 60 habituales) sin perder la condición de estudiantes a tiempo completo ni el derecho a becas generales de estudio.
- Convalidación de Créditos por Práctica Deportiva: Reconocimiento automático de hasta 12 créditos ECTS por curso académico por la actividad deportiva de alto rendimiento certificada por el Consejo Superior de Deportes (CSD).
3. Infraestructura y Logística de Entrenamiento Integrada
- Centros de Formación Virtual Avanzada: Obligatoriedad de digitalizar el 100% de las clases teóricas de los grados cursados por atletas de élite. Si el deportista se encuentra compitiendo en el extranjero, tendrá derecho por ley a asistir en directo o diferido a las aulas y a realizar exámenes de forma telemática con sistemas de verificación biométrica segura.
- Garantía de Mutua Sanitaria y Tecnificación: Las universidades con sello UACD integrarán sus instalaciones clínicas (fisioterapia, psicología del deporte, nutrición) con los programas de las federaciones locales, permitiendo que el atleta se trate en el propio campus universitario sin interrumpir sus estudios.
Para continuar con el desarrollo del programa político, indíqueme si prefiere:
- Diseñar la estrategia de transición laboral para el atleta de élite una vez finalizada su carrera deportiva a los 30-35 años.
- Desarrollar las sanciones y el órgano de control encargado de multar a las plataformas globales que incumplan la Ley de Soberanía Audiovisual.
I. ESTRATEGIA DE TRANSICIÓN LABORAL PARA EL ATLETA DE ÉLITE (PLAN "SEGUNDA CARRERA")
(Protección del Capital Humano y Retorno Social del Esfuerzo)
Bajo la óptica del humanismo cristiano, el deportista que ha representado a España no puede ser abandonado por las instituciones a los 30-35 años. Su disciplina, resiliencia y liderazgo son activos de inmenso valor para el tejido empresarial. La estrategia se divide en tres pilares:
1. Incentivos Fiscales para la Contratación de Exatletas
- Bonificación "Talento de Élite" en la Seguridad Social: Las empresas que contraten a un Deportista de Alto Nivel (DAN) de forma indefinida dentro de los 5 años siguientes a su retirada oficial disfrutarán de una bonificación del 100% en la cuota empresarial a la Seguridad Social durante los primeros 24 meses, y del 50% los siguientes 12 meses.
- Deducción Extra en el Impuesto de Sociedades: Las corporaciones que incluyan exatletas en sus programas de mandos intermedios o dirección de equipos podrán deducir el 25% de los costes salariales de ese trabajador durante el primer año de su inserción laboral.
2. El "Fondo de Ahorro y Transición Deportiva" (Modelo de Mochila Austriaca)
- Cuentas de Capitalización Individual: Durante los años de actividad del atleta, el 5% de sus premios, contratos de patrocinio y becas públicas se destinará a un fondo personal exento de retenciones fiscales.
- Capital Semilla para Emprendedores: Al cumplir los 32 años o certificar su retirada por lesión/decisión técnica, el atleta podrá retirar este capital acumulado de forma 100% exenta de impuestos, siempre que lo destine a la creación de una empresa de economía social, cooperativa deportiva o al pago de un posgrado de especialización ejecutiva.
3. Cuotas de Inserción en la Administración Pública y Federaciones
- Reserva de Plazas en las Fuerzas de Seguridad y Gestión: Reserva de un 10% de las plazas de acceso libre en el Cuerpo Nacional de Policía, Guardia Civil y personal de gestión deportiva de las Administraciones Públicas para atletas DAN, convalidando sus méritos deportivos internacionales en la fase de concurso.
- Profesionalización de las Federaciones: Obligatoriedad por ley de que al menos el 30% del personal técnico y directivo de las Federaciones Deportivas Españolas esté compuesto por exatletas de la propia disciplina, asegurando que la gestión del deporte quede en manos de quienes conocen su realidad desde la base.
II. SANCIONES Y ÓRGANO DE CONTROL DE LA LEY DE SOBERANÍA AUDIOVISUAL
(La Alta Autoridad de la Competencia Cultural - AACC)
Para que la protección del productor independiente frente a las plataformas de streaming (Netflix, Prime Video, Disney+, Apple TV+, etc.) sea efectiva, se crea un órgano regulador con capacidad sancionadora real y garras financieras.
1. Creación de la AACC (Alta Autoridad de la Competencia Cultural)
- Naturaleza Jurídica: Organismo público independiente del Gobierno, con personalidad jurídica propia y adscrito al Congreso de los Diputados. Su presupuesto se financiará exclusivamente mediante un canon del 0,5% sobre las tasas digitales que ya pagan las grandes plataformas, garantizando su total independencia presupuestaria.
- Composición del Consejo: Estará formado por 7 miembros de reconocida trayectoria elegidos por mayoría de tres quintos del Congreso: 2 magistrados del orden de lo mercantil, 2 economistas expertos en mercados digitales y 3 profesionales de la producción audiovisual propuestos por las asociaciones de productores independientes.
2. Catálogo de Infracciones y Sanciones Económicas
Las multas no se calcularán con cuantías fijas desfasadas, sino mediante porcentajes sobre la facturación global de las plataformas en territorio español, siguiendo el modelo de la normativa de competencia de la Unión Europea.
A. Infracciones Leves (Multas de hasta el 1% de la facturación en España)
- No reportar en tiempo y forma a la AACC los datos de visualizaciones y algoritmos de recomendación de las obras independientes españolas.
- Retrasar injustificadamente los pagos a las productoras independientes colaboradoras más allá de los 60 días legales.
B. Infracciones Graves (Multas del 2% al 5% de la facturación en España)
- Imponer cláusulas encubiertas de "compra total" (Work-for-Hire) o vulnerar el derecho de reversión de la propiedad intelectual a los 3 o 5 años establecidos por ley.
- Modificar los algoritmos de forma maliciosa para sepultar, discriminar o restar visibilidad a las producciones independientes españolas frente a las producciones propias de la plataforma.
C. Infracciones Muy Graves (Multas del 6% al 10% de la facturación en España)
- Incumplir de forma reiterada durante dos ejercicios fiscales la cuota de inversión obligatoria del 5% destinada al Fondo de Garantía de la Propiedad Intelectual administrado por el ICO.
- La reincidencia en prácticas coactivas contractuales que fuercen al productor local a renunciar a sus derechos de explotación en mercados secundarios.
3. La Sanción Accesoria: Suspensión de la Licencia de Operar
- En caso de que una plataforma global acumule dos sanciones muy graves en un periodo de 5 años e incumpla el pago de las multas, la AACC tendrá la potestad legal de dictar la suspensión temporal de la licencia de emisión e inscripción de usuarios en el territorio nacional por un periodo de hasta 12 meses. Esta medida coercitiva garantiza que las multinacionales respeten la soberanía jurídica y cultural española.
